República Bolivariana de Venezuela


Poder Judicial
Circuito Judicial Penal
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
JUZGADO NOVENO DE CONTROL

Maracaibo, 20 de Junio de 2006
195° y 146°
DECISION No. 1344-06 CAUSA: 9C-1002-05

En la causa seguida en contra del ciudadano JUAN JOSE SEMECO y JULIO MORILLO, este Tribunal ordeno en fecha fijar audiencia oral de conformidad con el articulo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, vista la solicitud presentada por la Defensora Abogada NANCY RUIZ TOLOSA, para el día de hoy a las diez de la mañana, siendo la oportunidad para la realización de dicho acto se procedió a verificar la presencia de las partes, ENCONTRANDOSE PRESENTE EN LA SALA DE ESTE DESPACHO EL Abogado EUDOMAR GARCIA, en su condición de Fiscal Cuadragésimo Sexto del Ministerio Público, así como la Defensora Privada Nancy Ruiz Tolosa y El imputado IVAN SEMECO. De seguidas se procedió a escuchar a la Defensora, quien en representación del ciudadano imputado de autos, expuso: “ratifico la solicitud presentación por parte del Ministerio Público del respectivo acto conclusivo de conformidad con lo establecido en el articulo 313 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo”. Igualmente se procedió a escuchar al imputado IVAN JOSE SEMECO FERNANDEZ, quien expuso: “No me opongo a que se le conceda al Fiscal del Ministerio Público la prorroga referida por mi defensora. Es todo”. Seguidamente se escucho al Representante del Ministerio Público, quien procedió a exponer lo siguiente: “En virtud de la solicitud de fijación del lapso prudencial para la presentación de acto conclusivo por parte de la defensa, del ciudadano IVAN JOSE SEMECO FERNANDEZ, solicito al tribunal sea acordado la fijación de cuarenta y cinco días para la presentación del acto conclusivo correspondiente, así mismo en la presente causa se encuentra imputado el ciudadano JULIO ROBERTO MORILLO, quien no se encuentra presente en este acto por cuanto no fue notificado, pero que la presente actuación lo vincula directamente en la audiencia que se esta llevando a cabo, por lo que le solicito ciudadano juez la debida notificación, igualmente, los referidos ciudadanos, al momento de la presentación de imputados en fecha 23-07-2005, manifestaron los nombres de tres ciudadanos mencionados como CAMILO BARROSO Y MARTA BARROSO, no aportando ninguna dirección, para la ubicación de los mencionados ciudadanos por lo que en este mismo acto sin menoscabar la naturaleza de la audiencia a la cual fuimos notificados le exhorto en representación del Ministerio Público a la representación de la defensa y a los imputados de autos suministrar los datos necesarios para la ubicación de estas personas para que en el tiempo que se solicita en este acto puedan recabarse los elementos necesarios que inculpe o exculpen a los imputados del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR. Es todo”. Acto seguido este Juzgado Noveno de Control del Circuito judicial Penal del Estado Zulia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace el siguiente pronunciamiento: “se DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD FISCAL, y en consecuencia se ACUERDA la prorroga de cuarenta y cinco (45) días contados a partir e la presente fecha, solicitada por el Ministerio Público, de conformidad con lo establecido en el articulo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, así mismo el tribunal deja constancia que dicho lapso se hace extensivo al imputado JULIO MORILLO, ya que la presente actuación lo vincula directamente en la audiencia que se llevó a cabo. Regístrese la presente decisión bajo el No. 1344-06. Concluyó dicho acto siendo las diez y media de la mañana.
EL JUEZ NOVENO DE CONTROL,

DR. HUMBERTO CUBILLAN.
EL FISCAL DECIMO DEL M.P.

DR. EUDOMAR GARCIA
gLA DEFENSORA,

DRA. NANCY RUIZ TOLOSA.
EL IMPUTADO,
IVAN SEMECO
LA SECRETARIA,

ABOG. MARIA EUGENIA PETIT