REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial
del Estado Lara
Barquisimeto, Primero de Junio de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : KP02-S-2006-011084
Visto el ACUERDO suscrito por ante la Fiscalía Décima Cuarta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, entre los ciudadanos LUCY DORKIS ROSENDO MARCHAN y DANIEL JOSUE SANCHEZ NOGUERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-11.267.931 y 11.266.675 respectivamente, de este domicilio, relacionado con el Régimen de Visitas en beneficio de la niña Identidad omitida de conformidad con lo previsto en el artìculo 65 de la Ley Organica Para la Protecciòn del Niño y del Adolescente, de 09 años de edad, este Tribunal, le da entrada lo admite cuanto a lugar en derecho por no ser contraria al orden público, buenas costumbres, o alguna disposición expresa de Ley, en consecuencia dispone homologarlo en los siguiente s términos:
“Primero: el padre compartirá con su hija el día VIERNES de cada semana, a quien el padre buscará en el hogar materno a la 1:00 p.m., regresándola al mismo lugar a la 1:50 p.m.
Segundo: el padre se compromete a contratar los servicios de un psicólogo, a los fines de realizar terapia familiar.
El presente Régimen de Visitas comenzará a cumplirse a partir de la presente fecha.”
En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en artículos 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, HOMOLOGA el acuerdo suscrito por los ciudadanos LUCY DORKIS ROSENDO MARCHAN y DANIEL JOSUE SANCHEZ NOGUERA, y ordena que se tenga como una Sentencia Firme, haciendo saber a las partes que dicho acuerdo puede ser modificado posteriormente según las necesidades de la beneficiaria. Expídanse las copias certificadas que las partes soliciten.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio N° 2 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, en Barquisimeto, al primer (01) día del mes de Junio de dos mil seis (2.006). Años: 196° y 147°.
La Juez de Juicio N° 2
La Secretaria
Dra. Lisbeth Leal Aguero
Martha
Asunto: KP02-S-2006-011084
Homologación Visitas.-
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