REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Región Centro Occidental
Barquisimeto, quince de junio de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: KP02-R-2006-000224
Vista la diligencia suscrita en fecha 07 de junio de 2006, por los Abogados PATRICIA VARGAS SEQUERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 64.449, en su condición de apoderada judicial de la parte demandada, y PASTOR MUJICA, inscrito en el Inpreabogado, bajo el N° 90.365, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual la representante de la parte demandada Desiste de la apelación intentada contra el decisión pronunciada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, de fecha 07 de febrero del presente año, y el abogado representante de la parte actora presta su consentimiento del desistimiento efectuado por la demandada, renunciando así mismo a las costas que se pudieran generar en virtud del desistimiento, solicitaron la homologación del desistimiento efectuado, se de por terminada la presente causa y se remita el expediente al Tribunal A Quo. Este Tribunal visto lo expuesto por los apoderados de las partes acuerda el Desistimiento, Declara Firme la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, de fecha 07 de febrero de 2006 y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. En consecuencia remítase el expediente al Juzgado de la causa. Así se decide, Administrando Justicia, Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
El Juez
Dr. Horacio Jesús González Hernández
La Secretaria,
Abog. Sarah Franco Castellanos
Seguidamente se remitió al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, constante de ciento cuarenta y cinco (145) folios útiles, bajo oficio N° 1042-06.
La Secretaria,
HGH/Maida
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