REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, quince de junio de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: KP02-R-2006-000081
En cuenta de la diligencia que antecede, suscrita por el abogado IVAN VENEGAS GUARIN, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, mediante la cual desiste del recurso de apelación formalizado; este Tribunal da por CONSUMADO dicho DESISTIMIENTO y, en consecuencia, declara FIRME Y CON AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, el auto dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, el 19 de enero de 2006, en el juicio de COBRO DE BOLÍVARES (INTIMATORIO) intentado por CARLOS ENRIQUE MENDOZA contra MARÍA DE FÁTIMA FERREIRA MÁRQUEZ; todo lo cual así se declara en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
Remítanse las presentes actuaciones al Tribunal de su procedencia, a los fines legales consiguientes.
De conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta decisión para ser agregada al Libro respectivo.
Regístrese, publíquese y bájese.
El Juez Provisorio,
El Secretario,
Dr. Saúl Meléndez Meléndez
Abg. Julio A. Montes C:
Publicada en su fecha en horas de despacho y seguidamente se expidió copia certificada conforme a lo ordenado.
El Secretario,
Abg. Julio A. Montes C.
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