REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinte de junio de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : KP02-V-2005-004848
Vista la demanda por EJECUCION DE HIPOTECA, presentada por el ciudadano JOSE IGNACIO RODRIGUEZ MORENO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad nro. 7.310.869 contra el ciudadano ASDRUVAL COLMENAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 7.310.869; este tribunal acuerda DECLINAR LA COMPETENCIA, por cuanto el artículo 3° de la Resolución de fecha 30/01/96, Gaceta Oficial N° 35890, establece:
CITO: Los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito conocerán en primera instancia las causas cuya cuantía sea superior a cinco millones de bolívares (Bs. 5.000.000,00)
Y siendo que los conceptos demandados no superan dicha suma, es por lo que este tribunal se declara incompetente por la cuantía, siendo de su conocimiento a un Juzgado de Municipio.
Remítase oportunamente el presente expediente al JUZGADO DE MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, a quién le corresponda el turno en la distribución. Líbrese con oficio en su oportunidad a la U.R.D.D., a los fines de su distribución.
La Juez


Abg. Tania M. Pargas Canelón
El Secretario Suplente,


Abg. Edward Ramos
TMPC/ER/ij


EL SUSCRITO SECRETARIO SUPLENTE DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DEL ESTADO LARA CERTIFICA LA EXACTITUD DE LA COPIA ANTERIOR. BARQUISIMETO. FECHA UT SUPRA.-