REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, siete de junio de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO : KP02-S-2005-018314

El ciudadano ALEXANDER MONTERO MENDEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.324.114, presento escrito por ante este Tribunal y expuso: Que ha construido a sus solas expensas y con dinero de su propio peculio sobre una parcela de terreno perteneciente al INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI), antiguamente INSTITUTO AGRARIO NACIONAL (IAN), unas bienechurías consistentes en A) una casa de aproximadamente ochenta metros cuadrados de construcción (80 mts2), la cual consta de cuatro habitaciones, sala, comedor, cocina, sala de baño completo, con piso de cemento pulido, techo de acerolit y paredes de bloques frisados. B) una casa de aproximadamente cincuenta metros cuadrados (50 mts2), la cual consta de una habitación sala, comedor, cocina, un baño completo, con piso de mosaico, techo de acerolit y paredes de bloques frisados, C) un corredor de cuarenta y dos metros cuadrados (42 mts), con piso de caico, techo de acerolit y paredes de bloques frisados, D) una casa tipo rural, de aproximadamente noventa metros cuadrados (90mts2), la cual consta de tres habitaciones, sala, comedor, cocina, un baño completo, garaje y corredor, con piso de cemento pulido, techo de acerolit y paredes de bloques frisadas, E) un pozo de cuarenta y seis metros de profundidad (46 mts), entubado con forro de 6” de PVC, equipado con bomba sumergible eléctrica de 2” y tablero completo, F) un pozo de ochenta y dos metros de profundidad (82mts) con forro de hierro de 10”, G) dos pozos de 4,5 metros de profundidad, forrado con tuberías de concreto de un metro de diámetro, H) 1,0 kilometros de carretera engranzonada parcialmente, I) 4,0 kilómetros de vías de tierras aproximadamente, J) una vaquera de ciento cuarenta y cuatro metros cuadrados (144 mts2), con piso de cemento, paredes y comedores de bloques frisados, techo de zinc, K) una vaquera de ciento veinte metros cuadrados de construcción (120 mts2), con piso de cemento, paredes y comedores de bloques frisados, techo de zinc, L) un patio anexo a la vaquera de doscientos metros cuadrados (200 mts2), piso de concreto, con comedores de cemento, techados con zinc, M) un tanque de agua de doce mil litros (12000 lts) de capacidad, de cemento, N) un tanque de agua de cuatro mil (4000 lts) de capacidad, de cemento, Ñ) corrales de hierro con piso de granzón, manga y embarcadero, O) instalaciones eléctricas compuesta por postes de alta tensión, transformador de 15 Kva., corta corriente, pararrayos, etc., P) instalación eléctrica de 700 mts de acometida compuesta por postes de alta tensión, transformador de 25 KVA, corta corriente, pararrayos, Q) instalación eléctrica con acometida de 80 mts de longitud compuesta por postes de baja tensión R) treinta kilómetros (30 Km.) de cercas de alambres de púas, estantillos de madera y botalones de madera, S) dieciséis (16) potreros cercados con una extensión de aproximada de 132 hectáreas, sembrados con pasto estrella, braquiaria humidicola y brizanta, T) catorce (14) lagunas de diferentes tamaños para almacenamiento de aguas de lluvias, U) un galpón de ciento veinte metros cuadrados (120mts2) de área de con techo de zinc, piso de de tierra y comedores de cemento, V) 120 mts de cerca perimetral de malla ciclón con viga de concreto. Ubicadas en el Asentamiento Campesino Buría Londres, Sector Barro Negro, Jurisdicción de la parroquia Buría, Municipio Simón Planas del Estado Lara, comprendidas dentro de los siguientes linderos: NORTE: Terrenos ocupados por el señor Jesús Iglesias, terrenos ocupados por el señor Rivero , SUR : Vía de penetración, terrenos ocupados por el señor García, terrenos ocupados por el señor Alex, terrenos ocupados por el señor Trino Pérez , ESTE : terrenos ocupados por el señor Alex, terrenos ocupados por el señor Trino Pérez y vía de penetración agrícola y OESTE: terrenos ocupados por el señor Rivero, terrenos ocupados por el señor García, terrenos ocupados por el señor Rodolfo, vía de penetración, terrenos ocupados por el señor Andrés García, terrenos ocupados por el señor Cáceres . El valor total de dichas bienechurías es la cantidad DOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES DE BOLÍVARES (Bs.249. 000.000). La solicitud se admitió a sustanciación, acordándose oír a dos testigos, quienes estuvieron acordes con lo expuesto en la misma. Se estiman los dichos de estos testigos de conformidad con la facultad que le da a los Jueces la Norma contenida en el Artículo 508 del Código de Procedimiento Civil, por lo que este Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 937 ejusdem, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO bastante para asegurar derechos de la propiedad y posesión sobre el inmueble a que se contrae el presente escrito, cuyas características, ubicación y linderos ya se han determinado suficientemente a favor del solicitante antes identificado, dejando a salvo los derechos de terceros. A los fines de su registro, se le advierte al Registrador respectivo, que conforme al acuerdo del lº de Abril de 1970 dictado por la Corte Suprema de Justicia en Sala Político Administrativa, para proceder a la protocolización, de un Título Supletorio expedido sobre bienechurías en fundo ajeno, se requiere la autorización del propietario, sea éste un ente publico o un particular devuélvanse originales y sus resultas. Expídase copia certificada a los fines de su registro.



La Juez., El Secretario Suplente.,

Abog. Tania Maria Pargas Abog. Edward Ramos.
TMP/ER /Vanessa G