REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciséis de junio de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO : KP02-S-2006-010904

En fecha 17/05/2006, el ciudadano GERARDO JOSE MARTINEZ MOROS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.269.983, de este domicilio, debidamente asistido por la abogada SONIA PAEZ MARCANO, de Inpreabogado N°. 92.278, presentó escrito en el cual solicita la rectificación de Acta de Defunción de su cónyuge MARIA CLARISA ROSALES, en el sentido de que aparece por error como casada con el ciudadano ANTERIO TORRES DE SOUSA, siendo lo correcto casada con GERARDO JOSE MARTINEZ MOROS. En fecha 31/05/2006 se admitió la solicitud sumariamente y se ordenó notificar al Ministerio Público. En fecha 09/06/2006 el Alguacil consignó boleta firmada por la Fiscal Décimo Cuarta del Ministerio Público. Siendo la oportunidad para decidir, éste Tribunal observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados copia certificada del acta de defunción emanada de la Jefatura Civil de la Parroquia Santa Rosa, Municipio Iribarren del Estado Lara, copia certificada del acta de matrimonio entre el solicitante y MARIA CLARISA ROSALES, emanada del Juzgado Segundo del Municipio Iribarren del Estado Lara y copia certificada de la sentencia de divorcio de MARIA CLARISA ROSALES y ANTERO DE SOUSA, emanada del Registro Principal del Estado Lara, los cuales aprecian este Tribunal de conformidad con los artículos 1359 y 1360 del Código Civil, de los mismos se evidencia el error alegado, por lo que de conformidad con el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA RECTIFICACION DEL ACTA DE DEFUNCIÓN de la ciudadana MARIA CLARISA ROSALES, solicitada por el ciudadano GERARDO JOSE MARTINEZ MOROS. En consecuencia, se ORDENA al Jefe Civil de la Parroquia Santa Rosa, Municipio Iribarren del Estado Lara y Registrador Principal del Estado Lara, se sirva estampar la correspondiente nota marginal en el acta de defunción asentada bajo el Nro. 75 del Libro de Registro Civil de Defunciones del año 2006, en el sentido que aparezca que la difunta MARIA CLARISA ROSALES, era casada con GERARDO JOSE MARTINEZ MOROS.
Expídanse copias certificadas de esta sentencia y remítase con oficio a la autoridad correspondiente.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito del Estado Lara, en Barquisimeto a los dieciséis días del mes de junio del dos mil seis. Años: 196° y 147°.
La Juez Suplente


Mariluz Josefina Pérez

La Secretaria


María Fernanda Alviárez Rojas
En la misma fecha se dejó copia.

La Sec.


MJP/mfar/maria elisa