REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Barquisimeto, 26 de Junio de 2006

ASUNTO: KP02-S-2006-012526

PARTE ACTORA: ARMANDO JOSE GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.10.218.826.
ABOGADA ASISTENTE PARTE DEMANDANTE:

PARTE DEMANDADA: REVESTIMENTOS VENEZOLANOS DE CERAMICAS S.A.
ABOGADOS APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:

MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO

Hoy, 26 de Junio de 2006 siendo las dos de la tarde (02:00 p.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar. Se deja constancia que la parte actora no compareció ni por sí ni por medio de apoderado judicial al igual que la parte demandada, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO; en consecuencia, la parte actora no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurridos noventa (90) días continuos, contados a partir de la fecha de publicación de la presente decisión.
La Juez

Abg. YRAIMA BETANCOURT El Secretario

Abg. Gabriel Moreno Viera