REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
ASUNTO: KP02-L-2005-000182
PARTE DEMANDANTE: LELLYS PACHECO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 3.085.091
PARTE DEMANDADA: FUNDACIÓN PARA EL DEPORTE DEL ESTADO LARA (FUNDELA)
ABOGADAS APODERADAS DE LA PARTE DEMANDADA: LORENA RIVAS y SANDRA CORRIDO, IPSA Nros. 90.290 y 90.291 respectivamente
ABOGADO APODERADO DE LA PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO LARA: EMILIO BARROETA, IPSA Nro. 90.122
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy 21 de Junio de 2006 siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen por las parte accionada FUNDACIÓN PARA EL DEPORTE DEL ESTADO LARA (FUNDELA) las abogadas LORENA RIVAS y SANDRA CORRIDO, IPSA Nros. 90.290 y 90.291 respectivamente apoderadas judiciales y por la PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO LARA el abogado EMILIO BARROETA, IPSA Nro. 90.122 apoderado judicial, quienes presentan documentos poderes en original y copias fotostáticas a los efectos de certificación y ser agregado a los autos. En este estado el Tribunal deja expresa constancia de que no comparece ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno la parte demandante LELLYS PACHECO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 3.085.091 según la información suministrada por el Alguacil JOANNY GARCIA, titular de la cédula de Identidad V- 12.739.315 encargado de anunciar la audiencia, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 195° y 147°.
La Juez
Abg. Nahir Giménez Peraza
La Secretaria
Abg. Yesenia P. Vásquez R.
Firma la parte en señal de asistencia
El Alguacil
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