REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.

ASUNTO: KP02-L-2006-000070
PARTE DEMANDANTE: CRISTINA GLADYS VELASQUEZ GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 7.409.473
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: ENMIS DUQUE, IPSA Nros. 92.047.
PARTE DEMANDADA: EDITORIAL PLANETA GRANDES PUBLICACIONES DE VENEZUELA, C.A
ABOGADO APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: RAMON GARCIA, IPSA Nro. 69.076.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 29 de Junio de 2006 siendo las once y treinta de la mañana (11:30 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparece la abogado ENMIS DUQUE, IPSA Nros. 92.047 y por la parte demandada EDITORIAL PLANETA GRANDES PUBLICACIONES DE VENEZUELA, C.A. el abogado RAMON GARCIA IPSA Nro. 69.076, en su carácter de apoderado judicial. En este estado el Tribunal deja expresa constancia de que no comparece la parte demandante ciudadana CRISTINA GLADYS VELASQUEZ GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 7.409.473, según la información suministrada por el Alguacil ROSA VIRGINIA ACOSTA, titular de la cédula de Identidad V- 16.323.548, encargada de anunciar la audiencia, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 196° y 147°.

La Juez
La Secretaria
Abg. Nahir Giménez Peraza
Abg. Silibel M. Arroyo R

La Parte Demandante La Parte Demandada