El presente juicio, se inicia por interposición de la demanda de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, intentada por el abogado NESTOR DURAN MALAGA apoderado de la ciudadanaMERLIN SEGUNDA MENDOZA PENOTT, contra LIEMMAN LISETT CAMACHO. Por auto de fecha 22 de julio del 2005, se admitió la presente demanda con sus recaudos, emanados del Juzgado receptor, se ordenó el emplazamiento de la parte demandada para la contestación de la demanda Del estudio de las actuaciones que conforman este expediente se evidencia que en fecha 04 de agosto de 2005, se efectuó el último acto de procedimiento en este juicio, y por cuanto se observa que en la presente demanda, ha trascurrido más de seis (6) meses sin que las partes hayan ejecutado algún acto del procedimiento, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PERIMIDA ; la presente instancia, a tenor de lo previsto en el encabezamiento del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el articulo 269 y 944 ejusdem. No se condena en costa a la parte inactiva en ningún caso a tenor de lo previsto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil. Publíquese, regístrese y déjese copia en el archivo del Juzgado. Asimismo se acuerda suspender la medida de embargo decretada y oficiar lo conducente al juzgado distribuidor ejecutor de medidas a fin de que remita a este juzgado la comisión respectiva en el estado en que se encuentre. Y se acuerda dar por terminado en presente procedimiento y archivar el expediente
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