En horas de despacho del día de hoy Ocho (08) de Junio del año Dos Mil Seis (2006), siendo las 9:30 a.m., se traslada y constituye el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a cargo de la Juez abogada Lucia D’Angelo y su Secretaria Yasmila Faria, en la sede de un inmueble constituido por un local comercial distinguido con el N° 56, ubicado en la calle Morillo de la población de Las Manzanas de Campo de Carabobo, Jurisdicción del Municipio Libertador del Estado Carabobo, en compañía de los abogado Ramón Graterol Acuña y Rogelio Acuña, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 54.149 y 10.913, respectivamente, actuado en sus caracteres de apoderado judiciales de la parte actora ciudadano Ramón Antonio Graterol Herrera, a fin de dar fiel y estricto cumplimiento al despacho de mandamiento de ejecución, emanado del Juzgado Segundo de los Municipios Valencia y otros del Estado Carabobo, en el cual ordeno medida de Entrega Material, con motivo del juicio por Resolución de Contrato de arrendamiento, seguido por la parte actora ya identificada contra la Sociedad Mercantil Carabobo Gas, C.A. Seguidamente intervienen los abogado actores y exponen: “Solicitamos al Tribunal ejecute la entrega material del inmueble objeto de Juicio, asimismo solicitamos que en caso de ser necesario se designe a la Depositaria Judicial Venezuela”. A continuación el Tribunal notifica de la misión a cumplir al ciudadano Luis Alfonso Ortiz Zureta, titular de la cedula de identidad N° V 10.327.265, quien se desempeña como Gerente de operaciones de la Sociedad Mercantil Carabobo Gas, C.A. el mismo manifiesta en este acto que retira voluntariamente los bienes muebles de su propiedad los cuales serán trasladados bajo su riesgo y responsabilidad. Acto seguido el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace Formal Entrega Material del inmueble objeto de juicio ya identificado en la presente acta, libre de personas y bienes muebles a la parte actora Ramón Antonio Graterol Herrera, representado en este acto por sus apoderados judiciales abogados Ramón Graterol Acuña y Rogelia Acuña, quienes lo reciben conformes. El Tribunal considera cumplida su misión, acuerda remitir las actuaciones al comitente, da por concluido el acto y se restituye a su Sede. Es todo. Termino, se leyó y conformes firman.
El Juez Temporal,
(Firma Ilegible)
Abog. Lucia D’Angelo.
Los Apoderados Actores
(Firmas Ilegibles)

EL Notificado
(Firma Ilegible)


La Secretaria
(Firma Ilegible)
Abog. YASMILA FARIA.