REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO
Valencia, 20 de Junio de 2006
Años 196º y 147º
ASUNTO : GP01-P-2005-001621
ACUSADO: WILSON ARMANDO GOMEZ MARQUEZ
FISCAL DECIMO SEGUNDA DEL MINISTERIO
PUBLICO DEL ESTADO CARABOBO: DELIA PACHECO
DEFENSA: LERMITH LEOPOLDO ROSELL
VICTIMA: ESTADO VENEZOLANO
DECISION: CONSTITUCION TRIBUNAL UNIPERSONAL
Revisadas las actuaciones que conforman la presente causa, se observa que la misma se encuentra en etapa de Constitución del Tribunal, para la realización del Juicio Oral y Público. A los fines establecidos en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con los artículos 1, 6, 164 y 342 del Código Orgánico Procesal Penal y en el debido acatamiento de la Jurisprudencia vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 22-12-2003, este Tribunal observa:
1.- La presente causa se inició por acusación interpuesta por el Ministerio Público.
2.- En fecha 10-10-2005 fue admitida la acusación y se dictó auto de Apertura a Juicio, y se dio entrada a la causa en este Tribunal en fecha 12-01-2006.
3.- No se ha logrado la Constitución del Tribnal Mixto por la incomparecencia de los ciudadanos escabinos pese a las diversas convocatorias realizadas.
4.- Mediante Jurisprudencia Vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 22-12-03 Expediente Nª 02-1809 que interpreta el alcance y contenido del los artículos 26 y 49.3 Constitucionales con relación a las dilaciones judiciales del proceso penal, se estableció que ante la imposibilidad de constituir el Tribunal Mixto con escabinos luego de dos convocatorias, el Juez Profesional debe asumir totalmente el poder jurisdiccional y prescindir de los escabinos procediendo a constituir el Tribunal Unipersonal para la celebración del Juicio Oral y Público.
En consecuencia, por cuanto no ha sido posible la integración del Tribunal por las razones ya anotadas, ocasionándose así retardo procesal que atenta contra los derechos de las partes, conforme a las normas antes señaladas y a la Jurisprudencia Vinculante del Tribunal Supremo de Justicia, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARÓ CONSTITUIDO EL TRIBUNAL UNIPERSONAL y fijó el Juicio Oral y Público para el día 18-07-2006 a las 2:00 horas de la tarde de acuerdo a la agenda única de actos en la que ya se encuentran fijados otros juicios que se siguen a acusados que se encuentran privados de libertad. Notifíquese. Cúmplase.
Jueza Séptima en Función de Juicio
Abg. Diana Calabrese Canache
La Secretaria
Abg. Dani D’ Santiago
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