REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Valencia, treinta de junio de dos mil seis
196º y 147º


ACTA


N° DE EXPEDIENTE: GP02-S-2006-000447
PARTE ACTORA: FEYNE JOSE CONTRERAS ROMERO
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: ZUNNER MORALES
PARTE DEMANDADA: IMPREGILO S.P.A. SUCURSAL VENEZUELA.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: PEDRO DOS RAMOS
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO


Hoy, 30 de Junio de 2006, siendo las 11:00 a.m. día y hora fijado para que tenga lugar lla Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma, el trabajador reclamante, asistido por el procurador del trabajo ZUNNER MORALES, inscrito en el IPSA, bajo el Nro 62.191 y en representación de la empresa IMPREGILO S.P.A. SUCURSAL VENEZUELA el abogado PEDRO DOS RAMOS DOS SANTOS, inscrito en el I. P. S. A. Bajo el Nro.69.324, representación que se desprende de los autos. En este estado la parte actora, previa revisión del procedimiento y de los argumentos alegados de la empresa, DESISTE DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO por considerar que no se ajusta a la verdadera reaclamación del trabajador, que lo es diferencia de prestaciones sociales.

DE LA HOMOLOGACION

Este Tribunal, una vez oídas las exposiciones de las partes, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada.
De esta Acta se hacen cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto. Déjese copia en el archivo. Terminó, se leyó y conformes firman.


LA JUEZ
Abog: NORIS B GODOY V.


EL DEMANDADO EL DEMANDANTE


LA SECRETARIA.