REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Valencia, 20 de Junio del año dos mil seis
196º y 147º
SENTENCIA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2006-000801
PARTE ACTORA: NUBIA CARREÑO
ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: JORGE PADRON
PARTE DEMANDADA:. LIMPIOCA SERVICIOS, C.A.
REPRESENTANTE DE LAS DEMANDADAS: JOSE VICENTE UZCATEGUI
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y SALARIOS CAIDOS
Vista la diligencia de fecha diecinueve (19) de Junio del 2006, suscrita por los abogados JOSE VICENTE UZCATEGUI, inscrito en el Inpreabogado N.° 106.000, actuando como apoderado judicial de la empresa demandada LIMPIOCA SERVICIOS, C.A y por la otra parte el abogado JORGE PADRON, inscrito en el inpreabogado bajo el número 78.870, actuando como apoderado Judicial de la trabajadora demandante NUBIA CARREÑO, mediante la cual le solicita al Juez que homologue el acuerdo transaccional celebrado en esta fecha, tal y como consta a los folios 48, 49 y 50 del Expediente.
El Tribunal de la causa, con vista al acuerdo transaccional, suscrito entre las partes y por no ser contrario a derecho y no violar precepto legal alguno, es por lo que este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO LO HOMOLOGA EN LOS TERMINOS ACORDADO POR LAS PARTES, DANDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA. Se ordena librar oficio a los fines del cierre del expediente y su custodia.
EL JUEZ
ABG. JOSE DARIO CASTILLO S.
LA SECRETARIA
ABG. ASTRID GONZALEZ
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