TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Sala de Juicio Nº 1, Juez Unipersonal Nº 3


Valencia, 14 de junio de 2006
Años: 196º y 147º

Visto el escrito de solicitud presentado por la ciudadana OLGA INES ROMERO DE ROMERO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.560.562, actuando en su carácter de madre y representante legal de las adolescentes DEISY MILAGROS y JOHANA MARLENE ROMERO ROMERO, debidamente asistida por la abogada CARMEN ELENA CONTRERAS BLANCO, inscrita en el IPSA bajo el Nº 67.818, mediante el cual solicita AUTORIZACION JUDICIAL para proceder a cobrar y recibir en representación de sus hijas, la Pensión de Sobreviviente, Prestaciones Sociales, Fideicomisos y cualquier otro beneficio que le puedan corresponder por el fallecimiento de su padre, ciudadano GAMALIER GABINO ROMERO BRACHO, titular de la Cédula de Identidad N° V-1.662.803, y era Sub-Oficial de las Fuerzas Armadas de Venezuela.- Visto igualmente los recaudos y actuaciones que integran el presente expediente, habiéndose notificado a la ciudadana Fiscal Especializada en Materia de Protección del Niño y del Adolescente del Ministerio Público del Estado Carabobo, quien no hizo objeción a la presente solicitud; esta SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: Autorizar suficientemente a la ciudadana OLGA INES ROMERO DE ROMERO, para que en su carácter de madre y representante legal de las adolescentes DEISY MILAGROS y JOHANA MARLENE ROMERO ROMERO, efectúe los trámites correspondientes para el cobro de los beneficios antes descritos, dejando a salvo los derechos de terceros.- Se hace la Salvedad al Instituto de Previsión Social de las Fuerzas Armadas - IPSFA que únicamente la cuota parte que le corresponde a las adolescentes antes mencionadas, deberá ser remitida a este Despacho en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL ESTADO CARABOBO, para ser depositado en un Instituto Bancario de esta localidad a favor de las adolescentes antes mencionadas y en resguardo de los intereses.- Expídase por Secretaría y para la parte interesada copia certificada de la presente decisión.-

LA JUEZ PROFESIONAL DE PROTECCION


DRA. MAGALY PEREZ VELASQUEZ


LA SECRETARIA,


ABOG. ADELA CARRASCO

Se cumplió lo ordenado.-


Exp. Nº S-5.618.-
MPV/ib.-