REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZ UNIPERSONAL N° 01 TEMPORAL
Guanare, 24 de Marzo de 2006
195º y 147º
Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos AUXILIADORA RAMONA MONTILLA GUDIÑO y ADILE RANGEL MEJÌAS, en esta misma fecha, por ante este Tribunal, sobre el establecimiento de REGIMEN DE VISISTAS en beneficio de la niña MARIA GABRIELA RANGEL MONTILLA, de siete (07) años de edad, el padre buscara en el hogar a la niña los días viernes a las 2:00 p.m. hasta los domingos a las 10:00 a.m., en cuento a las vacaciones de Carnavales y Semana Santa, serán alternados a conveniencia entre los padres, así mismo las vacaciones escolares, se realizara compartidas en partes iguales y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos del adolescente, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes.
El Juez Temporal,
Abog. Oscar Mahìn Mejìas Ramos
La Secretaria,
Abog. Elsy Moraima Jurado Verde.
Exp. Civil Nº 6347
Natali G.-