REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENCIÓN CARUPANO


JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
Carúpano, 22 de Marzo del 2.006.
195º y 147º
Exp. N° 4.845.-

SOLICITANTE: GLADIS MERCEDES ROSAS DE MONTAÑO, Titular de
la Cedula de Identidad N° 4.771.093.

DOMICILIO: Carúpano, Municipio Bermúdez Del Estado Sucre.
APODERADO: No Otorgó Poder

MOTIVO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.

Vista la solicitud presentada por la ciudadana: GLADIS MERCEDES ROSA DE MONTAÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 4.771.093, de este domicilio, asistida en este Acto por la Abogado en ejercicio JOSÉ LUIS MEDINA SUCRE, inscrito en el InpreAbogado bajo el Nº 65.360 y estudiadas como han sido las declaraciones de los testigos ciudadanos: INGRYT MARÍA JIMÉNEZ DE MARCANO, LENIS JOSEFINA MAGO DE VALDERRAMA Y ZOIDELYS ELENA LÓPEZ MARTÍNEZ, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en el Municipio Bermúdez del estado Sucre y titulares de las Cédulas de Identidad Nros 14.422.627, 3.420.132 y 13.924.245, respectivamente, los cuales rindieron sus declaraciones por ante el Juzgado del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, así como también los recaudos acompañados y por cuanto ella demostró lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE LA EXTINTA: ROMELIA MERCEDES BELLO a los ciudadanos: GLADIS MERCEDES ROSAS DE MONTAÑO, ESTELIA DEL VALLE ROSAS DE HERNÁNDEZ, LIGIA DEL VALLE ROSAS DE VILLARROEL, ROMELIA TERESA ROSAS DE PEÑA, NELLY MARINA ROSAS DE DÍAZ, PEDRO ANTONIO ROSAS BELLO, TEODORO JOSÉ ROSAS BELLOS Y MAGALYS COROMOTO LA ROSA DE SÁNCHEZ; Venezolanos, mayores de edad, de este domicili y titulares de la cedulas de identidad Nros. 4.771.093, 4.299.057, 3.946.609, 5.860.102, 10.223.105, 5.862.219, 6.957.637 y 10.223.105, respectivamente, de conformidad con lo establecido en el Artículo 936 del Código, de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Devuélvase todo original con sus resultados. Así se decide. Así mismo se ordena expedir las copias solicitas.
La Juez,

Abg. Susana García de M.
La Secretaria.

T.S.U. Francis Vargas.
Constante de Treinta y Tres (33) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-

La Secretaria,

T.S.U. Francis Vargas Campos.


SGDM/Fvc/ecm.
Sol. Nº 4.845.-