REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE SEGUNDA

CARACAS DIECISÉIS (16) DE MARZO DE 2006
Años 195° y 147°

En fecha 9 de enero de 2003 se recibió en la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, el Oficio N° 02-2696 de fecha 10 de diciembre de 2002, emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, anexo al cual se remitió el expediente contentivo de la acción de amparo constitucional, interpuesto por el abogado José Manuel Romano Sobrino, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 75.436, en su carácter de apoderado judicial de la CAJA DE AHORRO DEL PERSONAL DOCENTE Y DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL “SIMÓN RODRÍGUEZ” (CADOCIUNESR), inscrita en la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Chacao, Estado Miranda, en fecha 27 de julio de 2001, bajo el N° 8, Tomo 7, Protocolo Primero, contra la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL “SIMÓN RODRÍGUEZ”, en la persona del ciudadano Emil Calles Paz Paz, en su condición de Rector de la referida casa de estudios .
Tal remisión se efectuó en virtud de la sentencia dictada en fecha 20 de noviembre de 2002, por la referida Sala, mediante la cual REVOCÓ la sentencia dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo en fecha 13 de junio de 2002 y declaró CON LUGAR la demanda de amparo incoada por la accionante y para restablecer la situación jurídica infringida se ORDENÓ a la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL “SIMÓN RODRÍGUEZ” reconocer la constitución de la CAJA DE AHORROS DEL PERSONAL DOCENTE Y DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL “SIMÓN RODRÍGUEZ” (CADOCIUNESR) y el pago de los aportes y demás sumas que adeude dicha Universidad a esa Caja de Ahorro.
En fecha 16 de enero de 2003, la representación judicial de la CAJA DE AHORROS DEL PERSONAL DOCENTE Y DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL “SIMÓN RODRÍGUEZ” (CADOCIUNESR), solicitó la ejecución del fallo referido.
El 21 de enero de 2003, se pasó el expediente a la Magistrada ponente.
En fecha 17 de marzo de 2003, se reconstituyo la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, quedando integrada de la siguiente manera: Juan Carlos Apitz Barbera, Presidente; Ana María Ruggeri Cova, Vicepresidenta; Perkins Rocha Contreras, Evelyn Marrero Ortiz y Luisa Estella Morales Lamuño, Magistrados; en este mismo auto se ratificó la ponencia a la Magistrada Evelyn Marrero Ortiz, a los fines de que la Corte dictase la decisión correspondiente.
En fecha 20 de marzo de 2003, la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo ordenó a la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL “SIMÓN RODRÍGUEZ”, en la persona del ciudadano Emil Calles Paz Paz, en su condición de Rector de la referida casa de estudios, que en un lapso perentorio de diez (10) días de despacho, contado a partir de la notificación de dicho fallo, cumpliera cabalmente con las disposiciones derivadas de la sentencia dictada en fecha 20 de noviembre de 2002, por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, la cual fue notificada en fecha 2 de abril de 2003.
En fecha 22 de mayo de 2003, comparecieron las representantes judiciales de la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL “SIMÓN RODRÍGUEZ”, presentando escrito mediante el cual manifestaron acogerse al procedimiento especial de ejecución de sentencias previsto en el artículo 104 de la Ley Orgánica del Régimen Municipal, ello en virtud dar cumplimiento a la decisión emanada del Tribunal Supremo de Justicia.
El 27 de mayo de 2003, las apoderadas judiciales de la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL “SIMÓN RODRÍGUEZ”, presentaron escrito como parte integrante del escrito presentado en fecha 22 de mayo de 2003, a través del cual manifestaron su imposibilidad de dar cumplimiento a la decisión dictada en fecha 20 de marzo del 2003, en virtud a la falta de información en relación a las personas que integran de dicha Caja de Ahorros.
En virtud de la creación de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, mediante Resolución N° 2003-00033, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.866 del 27 de enero de 2004, y habiéndose designado a los jueces que la conformaban en fecha 15 de julio de 2004, quedando esta Corte constituida de la siguiente manera: María Enma León Montesinos, Presidenta; Jesús David Rojas Hernández, Vicepresidente; y Betty Josefina Torres Díaz.
En atención a lo establecido en la Disposición Transitoria Segunda de la Resolución N° 68 del 27 de agosto de 2004, dictada por la Dirección Ejecutiva de la Magistratura publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.011 de fecha 30 de agosto de 2004, se acordó la distribución de las causas que se encontraban originalmente en la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, quedando asignados a la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, los expedientes de las causas cuyo último dígito fuese un número par, como ocurre en el presente caso.
En fecha 3 de diciembre de 2004, el abogado Abraham José Saldivia Paredes, titular de la cédula de identidad N° 12.703.800 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 76.642, actuando en representación de la CAJA DE AHORROS DEL PERSONAL DOCENTE Y DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL “SIMÓN RODRÍGUEZ” (CADOCIUNESR), solicitó ante esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, la ejecución de la sentencia dictada en fecha 20 de noviembre de 2002 por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.
En fecha 24 de enero de 2005, se designó ponente la Jueza Betty Josefina Torres Díaz.
En esa misma fecha se pasó el presente expediente a la Jueza Ponente, a los fines de dictar la decisión respectiva.
En fecha 10 de febrero de 2005, la representación judicial de la parte accionante, solicitó la ejecución forzosa de la sentencia dictada en fecha 20 de noviembre de 2002 por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela.
En fechas 3 de marzo y 11 de marzo de 2005, el abogado José Saldivia Paredes, en su carácter de apoderado de la accionante, ratificó la solicitud de ejecución forzosa de la sentencia mencionada.
El 11 de marzo de 2005, el representante judicial del accionante reitera la solicitud de ejecución forzosa presentada en fecha 10 de febrero de 2005.
En fecha 18 de marzo de 2005, nuevamente solicita que se acuerde y decrete la ejecución forzosa de la sentencia dictada el 20 de noviembre de 2002 por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, el representante judicial de la CAJA DE AHORROS DEL PERSONAL DOCENTE Y DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL “SIMÓN RODRÍGUEZ”.
El 15 de abril de 2005, el abogado Abraham Saldivia Paredes, en su carácter de representante judicial de la CAJA DE AHORROS DEL PERSONAL DOCENTE Y DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL “SIMÓN RODRÍGUEZ”, reiteró su solicitud de que se acuerde y decrete ejecución forzosa de la sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.
En fecha 20 de abril de 2005, la representación judicial de la parte accionada consigno diligencia mediante la cual ratificaba los escritos presentados en fecha 22 y 27 de mayo de 2003.
El 14 y 27 de julio de 2005, el apoderado judicial de la accionante, presentó diligencias solicitando se acuerde librar decreto de ejecución forzosa de la sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 20 de noviembre de 2002.
El 3 de agosto de 2005, se presento la abogada Iracema Torres, actuando en su carácter de representante judicial de la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL “SIMÓN RODRÍGUEZ”, a los fines de ratificar los escritos presentados en fecha 22 y 27 de mayo de 2005.
En fecha 11 de agosto de 2005, esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, dictó sentencia, mediante la cual decretó la Ejecución Forzosa del fallo dictaminado en fecha 20 de noviembre de 2002, por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia; asimismo, ordenó la apertura de una incidencia de conformidad con lo establecido en el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil, a fin de que la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL “SIMÓN RODRÍGUEZ”, alegue lo que considere pertinente con respecto a las sumas dinerarias que se adeuda a la CAJA DE AHORROS DEL PERSONAL DOCENTE Y DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL “SIMÓN RODRÍGUEZ” (CADOCIUNESR).
El 13 de octubre de 2005, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia designó los Jueces de esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, a los ciudadanos Ana Cecilia Zulueta Rodríguez, Alejandro Soto Villasmil y Alexis José Crespo Daza, quienes fueron juramentados el día 18 de octubre de 2005.
En fecha 19 de octubre de 2005, se reconstituyó la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, quedando integrada su Junta Directiva de la siguiente manera: Ana Cecilia Zulueta Rodríguez, Presidenta; Alejandro Soto Villasmil, Vicepresidente y Alexis José Crespo Daza, Juez.
En fecha 27 de noviembre de 2005, el representante judicial de la CAJA DE AHORRO DEL PERSONAL DOCENTE Y DE INVESTIGACION DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL “SIMÓN RODRÍGUEZ” (CADOCIUNESR), presentó escrito mediante el cual detalló las sumas que “adeuda” la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL “SIMÓN RODRÍGUEZ” a esa Caja de Ahorro, desde su conformación hasta el mes de julio del 2005, la cual asciende a la cantidad de UN MIL TRESCIENTOS SEIS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 1.306.531.297,00).
Posteriormente, en fecha 2 de marzo de 2006, las ciudadanas Mariela González e Iracema Torres, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 30.576 y 30.455 respectivamente, actuando con el carácter de apoderadas de la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL “SIMÓN RODRÍGUEZ”, presentaron escrito, a través del cual realizaron una serie de consideraciones en torno al cumplimiento de la sentencia sometida a ejecución.
En fecha 6 de marzo de 2006, se reasignó la ponencia al ciudadano Juez Alexis José Crespo Daza.
Ahora bien, en virtud del escrito ut supra mencionado y en aras de salvaguardar la tutela judicial efectiva consagrada en los artículos 26, 49, 257 y 259 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y con la finalidad de que esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo cumpla con su labor jurisdiccional en la presente causa, SE ORDENA notificar a la CAJA DE AHORROS DEL PERSONAL DOCENTE Y DE INVESTIGACION DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL “SIMÓN RODRÍGUEZ” (CADOCIUNESR), a los fines de hacer de su conocimiento la propuesta realizada por la accionada y dé respuesta a la misma en el lapso de cinco (5) días hábiles contados a partir de que conste en autos su notificación.
Publíquese, regístrese y notifíquese. Remítase copia a la mencionada Caja de Ahorros, del escrito presentado por la parte accionada en fecha 2 de marzo de 2006. Cúmplase lo ordenado.
La Presidenta,

ANA CECILIA ZULUETA RODRÍGUEZ


El Vicepresidente,

ALEJANDRO SOTO VILLASMIL

El Juez,

ALEXIS JOSÉ CRESPO DAZA
Ponente

La Secretaria,

JENNIS CASTILLO HERNÁNDEZ


AJCD/15
Exp. N° AP42-O-2002-000370

En la misma fecha dieciséis (16) de marzo de dos mil seis (2006), siendo la (s) 2:12 de la tarde, se publicó y registró la anterior decisión bajo el N° 2006-00579.
La Secretaria