REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 31 de Marzo de 2006
195º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2006-000881

Revisado el presente asunto con ocasión del escrito presentado por el Abogado Alí Sánchez en el que solicita la acumulación del presente asunto al asunto N° KP01-SOL-2004-30592, llevado por el Tribunal de Control N° 3, en virtud de que es la misma imputada ciudadana Yudith Inmaculada Mogollón, y el mismo delito. Este Tribunal de Control N° 3, tomando en consideración que previa verificación del Sistema Informático Juris 2000 el asunto N° KP01-SOL-2004-30592, se encuentra en fase preparatoria por cuanto el Ministerio Público no ha presentado acto conclusivo, y en el presente asunto está fijada la celebración de la audiencia preliminar conforma el Artículo 327 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que se encuentra en etapa intermedia, observa que se está en presencia de la excepción establecida en el Artículo 74 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que se encuentran en fases diferentes y en el presente asunto es posible emitir una decisión con prontitud y en el asunto llevado por ante el Tribunal de Control N° 6 aún se están practicando diligencias de investigación, en consecuencia, se declara IMPROCEDENTE la solicitud de acumulación presentada por la defensa. Notifíquese. Cúmplase.



El Juez

El Secretario

Abog. Leila-Ly De Jesús Ziccarelli De Figarelli