La Ciudadana AURI YOLIMAR DAVILA VELASQUEZ, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio, Titular de la Cédula de Identidad No. 13.187.818, solicitó la rectificación de su PARTIDA DE NACIMIENTO, inserta por ante el Registro Principal, Municipio Iribarren del Estado Lara, en el sentido que figura su fecha de nacimiento como “ocho de julio de mil novecientos setenta y siete”, siendo la fecha correcta “ocho de agosto de mil novecientos setenta y siete”. La solicitud se admitió a sustanciación acordándose resolver sumariamente, y notificar al Fiscal del Ministerio Público.
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados, ha quedado comprobado el error señalado, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA dicha rectificación en el sentido que figure correcta la fecha de nacimiento del solicitante como “ocho de agosto de mil novecientos setenta y siete”.- En consecuencia ordena al Registro Principal, Municipio Iribarren del Estado Lara, inserte la nota marginal correspondiente en la Partida de Nacimiento N° 2644, folio 338, año 1.979. La presente sentencia queda firme en esta misma fecha.
Publíquese y regístrese.
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Tribunal en Barquisimeto, a los diecisiete días del mes de Marzo de dos mil seis. Años 195º y 147º.