REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintinueve de marzo de dos mil seis
195º y 147º
ASUNTO : KP02-M-2005-000495
Vista la transacción celebrada entre las partes en fecha veintiocho (28) de marzo de 2.006, en el presente juicio COBRO DE BOLIVARES, seguido por el ciudadano JOEL GARCÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.185.687, a través de su Endosatario en Procuración Christian Peña, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 54.478, contra el ciudadano JOSÉ ANTONIO RODRIGUEZ, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 10.840.989 y su Firma Mercantil TRANSPORTE JRC, en su carácter de deudor cambiario; este Tribunal observa:
1. La parte demandada ofrece pagar la deuda contraída con la parte actora en la manera y cláusulas señaladas en el escrito de Transacción.
2. En caso que la demandada dejare de cancelar en las fechas estipuladas, se procederá a la Ejecución Forzosa del monto completo demandado. En el mismo caso de incumplimiento la demandada deberá cancelar tanto los costos y costas, así como también los honorarios profesionales de los abogados.
En virtud de las anteriores consideraciones este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, LE IMPARTE LA CORRESPONDIENTE HOMOLOGACIÓN, a la transacción celebrada en fecha veintiocho (28) de marzo de 2.006.
Déjese copia de la presente decisión.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los veintinueve (29) días del mes de Marzo del año dos mil seis. Años 195° y 147°.
La Juez Suplente Especial
MARILUZ JOSEFINA PEREZ
La Secretaria
MARIA FERNANDA ALVIAREZ
MJP/Mónica