REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL. EXTENSIÓN CARORA.
DEMANDANTE: WILFREDO GEOMAR SALAS PEREIRA.- C.I.N° 7.393.152. Presidente de la sociedad Mercantil MATADERO YACAMBU, C.A.; inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 31 de Junio de 1.996, bajo el N° 38, Tomo 200-A.- Asistido por el Abg. RAUL ARTURO GIMENEZ CARRERO. I.P.S.A. N° 84.426.
DEMANDADO: ALCALDIA DEL MUNICIPIO TORRES ESTADO LARA.
MOTIVO: AMPARO CONSTITUCIONAL.
EXP. Nº 7379-06.-
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA. Carora, 03 de Marzo de 2.006.-
195º y 147º
Visto el Desistimiento realizado por el ciudadano WILFREDO GEOMAR SALAS P., titular de la cédula de identidad N° 7.393.152, en su carácter de Presidente de la sociedad Mercantil MATADERO YACAMBU, C.A.; debidamente asistido por la abogado en ejercicio OMAIRA PEREIRA, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 54.569, este Tribunal le imparte su respectiva homologación de conformidad con el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, dándose por terminado el presente juicio. Archivese el expediente.
El Juez Titular,
Abg. RAFAEL ALBAHACA MENDOZA
La secretaria Accidental,
EDY NARDY CASTRO.
En………………
esta misma fecha se registro bajo el N° 107-06, se publico siendo las 1:00 Pm., y se libra copia certificada para archivo.
La Secretaria Accidental,
EDY NARDY CASTRO.
Exp.N° 7379-06.ec.5.