REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de los Municipios Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Cabudare, 31 de Marzo de 2006
Años 195° y 147°
Expediente N° 2.637-06
Cobro de Bolívares (vía intimación).
Visto el convenimiento celebrado en fecha 27-03-2006 entre las partes de este juicio, conforme consta en el acta de embargo preventivo levantada en esa misma fecha por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Palavecino y Simón Planas de esta Circunscripción Judicial, inserta a los folios 9 al 11 del cuaderno separado de medidas aperturado en esta causa, y por cuanto tal actuación versa sobre bienes disponibles y no es contraria a derecho, este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su homologación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, expídase copia certificada por Secretaría del presente auto para el copiador respectivo del Archivo de este Juzgado. Cúmplase.
La Juez.
Dra. Coromoto J. de Del Nogal.
El Secretario.
Abg. Daniel González.
Seguidamente, se cumplió lo ordenado. Se expidió copia certificada por Secretaría del presente auto para el Archivo de este Tribunal.
El Secretario.
Abg. Daniel González.