REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, nueve de marzo de dos mil seis
Años 195º y 147º

ASUNTO: KP02-L-2006-000095

Demandante: NELLY JOSEFINA URDANETA JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.615.679 y de este domicilio.

Demandado: CENTRO HIPICO EL CARVAJAL, C.A

Motivo: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Sentencia: INTERLOCUTORIA.

En fecha 24 de enero de 2006 se recibió solicitud por ante el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, presentada por la ciudadana NELLY JOSEFINA URDANETA JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.615.679 y de este domicilio en contra del CENTRO HIPICO EL CARVAJAL, C.A, procediéndose a su revisión conforme al artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, procediéndose a su admisión en la misma fecha (f. 10).

Ahora bien, 03 de marzo de 2006, compareció ante este Tribunal la ciudadana NELLY JOSEFINA URDANETA JIMENEZ, asistida por el abogado Elio Rafael Landaeta, inscrito en el IPSA bajo el N° 108.610, en donde expone mediante diligencia: “… DESISTO del procedimiento en el asunto KP02-L-2006-95 que cursa por este Honorable Despacho”

Este Tribunal luego de haber visto que la parte actora voluntariamente ha desistido del procedimiento intentado por COBRO DE PRESTACIONE SOCIALES, acuerda homologar el desistimiento presentado. Así lo declara.

D E C I S I Ó N

En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:

PRIMERO: Desistido el procedimiento de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES intentado por la ciudadana NELLY JOSEFINA URDANETA JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.615.679 y de este domicilio en contra del CENTRO HIPICO EL CARVAJAL, C.A.

SEGUNDO: Se exonera en costas a la parte demandante.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.

Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, en Barquisimeto, a los nueve (09) días del mes de marzo del 2006. Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación.

Abog. José Tomas Álvarez Mendoza
Juez Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación
y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la
Circunscripción Judicial del Estado Lara.


La Secretaria

Abog. Silibel Arroyo

Nota: En esta misma fecha, se dictó y publicó la anterior decisión. Años: 195° de la Independencia y 147° de la Federación.

La Secretaria

Abog. Silibel Arroyo