REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Barquisimeto, 15 de Marzo de 2006
ASUNTO: KP02-S-2005-014547
PARTE ACTORA: RAÚL ANTONIO CASTRO GIMÉNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 9.624.373.
ABOGADOS APODERADOS PARTE DEMANDANTE:
PARTE DEMANDADA: KRAFT FOODS VENEZUELA C.A
ABOGADO APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: FRANCISCO JOSÉ MELÉNDEZ SANTELIZ, IPSA Nro. 7.705,
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO
Hoy, 15 de Marzo de 2006 siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece por la parte demandada KRAFT FOODS VENEZUELA C.A., el abogado FRANCISCO JOSÉ MELÉNDEZ SANTELIZ, IPSA Nro. 7.705, quien presenta Poder original con copia simple para que previa certificación sea agregados a los autos. Dándose así inicio a la Audiencia Preliminar. Se deja constancia que la parte actora no compareció ni por sí ni por medio de apoderado judicial por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO; en consecuencia, la parte actora no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurridos noventa (90) días continuos, contados a partir de la fecha de publicación de la presente decisión. Se deja constancia que la parte accionante consigna escrito de pruebas, los cuales fueron devueltos en el mismo acto.
La Juez
Abg. Yraima Josefina Betancourt Rondón La Secretaria
Abg. Anniely Elías Corona.
La Parte Demandada
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