REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Barquisimeto, 06 de Marzo de 2006

ASUNTO: KP02-L-2005-001684

PARTE ACTORA: ANTONIO JOSÉ TORRES ARROYO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.
ABOGADO APODERADO PARTE DEMANDANTE:
PARTE DEMANDADA: FUNG SIONG NHEW SUN
ABOGADOS APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ELSY JOSEFINA TERÁN SILVA Y NASDESHDA POLUPAN BECENKO IPSA Nros.15.319 Y 17.278, respectivamente
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 06 de Marzo de 2006 siendo las dos y treinta de la tarde (02:30 p.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece la parte demandada FUNG SIONG NHEW SUS, las abogadas ELSY JOSEFINA TERÁN SILVA Y NASDESHDA POLUPAN BECENKO IPSA Nros.15.319 Y 17.278, respectivamente Dándose así inicio a la Audiencia. Se deja constancia que la parte actora no compareció ni por sí ni por medio de apoderado judicial por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO; en consecuencia, la parte actora no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurridos noventa (90) días continuos, contados a partir de la fecha de publicación de la presente decisión. Este Juzgado en esta misma fecha procede a dictar sentencia motivada, por separado, en el presente asunto.
La Juez

Abg. Yraima Betancourt Rondón
La Secretaria
Abg. Anniely Elías Corona.
Parte Demandada