REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.

ASUNTO: KP02-L-2005-002082
PARTE DEMANDANTE: PASTOR JOSÉ GONZÁLEZ ALEJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 20.922.587

ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: ENMIS DUQUE, IPSA Nro. 92.047, en su condición de Procuradora Especial de Trabajadores en Estado Lara
PARTE DEMANDADA: ASOCIACIÓN COOPERATIVAS LAS DELICIAS 52, R.S.

REPRESENTANTES LEGALES DE LA DEMANDA: JOSE YASMIL TERAN MENDOZA y MILEXA PASTORA GARCIA DE TERAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. 7.328.607 y 7.358.947, en sus condiciones de presidente y secretaria respectivamente

ABOGADAS ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: LISETH GIMENEZ, ADRIANA FERRER y FRANYULY SIERRA, IPSA Nros. 108.619, 104.175 y 108.766 respectivamente
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 14 de Marzo de 2006 siendo las once y treinta de la mañana (11:30 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece la parte actora el ciudadano PASTOR JOSÉ GONZÁLEZ ALEJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 20.922.587 asistido por la abogada ENMIS DUQUE, IPSA Nro. 92.047, en su condición de Procuradora Especial de Trabajadores en Estado Lara y por la parte demandada ASOCIACIÓN COOPERATIVAS LAS DELICIAS 52, R.S. los ciudadanos JOSE YASMIL TERAN MENDOZA y MILEXA PASTORA GARCIA DE TERAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. 7.328.607 y 7.358.947, en sus condiciones de presidente y secretaria respectivamente, quienes presentan documento constitutivo del acta en copia fotostática para ser agregado a los autos, asistido por las abogadas LISETH GIMENEZ, ADRIANA FERRER y FRANYULY SIERRA, IPSA Nros. 108.619, 104.175 y 108.766 respectivamente. Dándose así inicio a la Audiencia. Luego de las deliberaciones de los hechos y derecho las partes han llegado a los siguientes acuerdos:
PRIMERO: Toma la palabra la parte accionada quien expone: Reconocemos la relación laboral del trabajador con mi representada, así como la fecha de ingreso y egreso, no obstante diferimos en cuanto a la base de cálculos utilizada para estimar los montos por prestaciones sociales, en consecuencia de lo planteado presentamos en este momento los cálculos correspondientes al trabajador, los cuales arrojan un monto total de Bs. 1.000.000,00, que se ofrecen cancelar en dos (02) pagos discriminándose de la siguiente manera:
1.- 23 de marzo de 2006 de Bs. 500.000,00.
2.- 06 de abril de 2006 de Bs. 500.000,00 respectivamente
SEGUNDO: La parte accionante toma la palabra y expone: con el propósito de dar por terminada la presente reclamación aceptamos el planteamiento de la parte accionada respecto al rechazo a la base de calculo utilizada, aceptando el calculo, el monto y la forma de pago ofrecida en este acto de Bs. 1.000.000,00, que incluye todos los conceptos reclamados por el actor, con el cual el demandante nada queda que reclamar a la demandada, ni por estos ni por ningún otro concepto.

TERCERO: El lugar del pago es la Unidad Receptora de Documentos (URDD), a las dos de la tarde (02:00 p.m.)

CUARTO: El incumplimiento de la parte accionada en los pagos antes mencionado, dará derecho a la parte actora a pedir la ejecución forzosa de la presente acta de mediación, así como lo correspondiente a las costas procesales.

QUINTO: Este Tribunal, visto que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el presente proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, decide HOMOLOGAR EL PRESENTE ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada. Ordenando que se archive el expediente, una vez conste en auto los pagos pendientes por parte del trabajador o sus apoderadas judiciales.

La Juez
La Secretaria
Abg. Yesenia P. Vásquez R.
Abg. Nahir Giménez Peraza




La Parte Demandante La Parte Demandada