En horas de Despacho del día de hoy Veintisiete (27) de Marzo del año Dos Mil Seis (2006), siendo las 2:00 p.m., se Traslada y Constituye el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a cargo de la Juez abogada Lucia D’Angelo y su Secretaria Yasmila Faria, en la sede de la Entidad Bancaria Fondo Común, Agencia Valencia Centro Oficina 01 y 02, Centro Comercial Valencia Plaza, Calle Díaz Moreno con Libertad, Jurisdicción del Municipio Valencia del Estado Carabobo, en compañía de la abogada Moraima Carolina Silva, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 67.902, quien actúa en nombre propio, con motivo del Juicio por Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales, intentado por la misma contra el ciudadano Manuel Galvas La Mastra. Se deja constancia que el Tribunal se traslada y constituye a fin de dar fiel y estricto cumplimiento al despacho de comisión emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil del Estado Carabobo, en el cual ordeno medida de Embargo Preventivo. Seguidamente interviene la abogada actora y expone: “Solicito al Tribunal cumpla con el despacho de comisión embargado preventivamente la cuenta N° 5700322109, por la cantidad suficiente hasta cubrir la cantidad adeudada, dicha cuenta pertenece al demandado de autos ciudadano Manuel Galvao La Mastra”. Seguidamente el Tribunal notifica de la misión a cumplir al ciudadano Arturo Díaz, titular de la cédula de identidad N° 7.146.998, quien se desempeña como Gerente en la Entidad Bancaria Fondo Común Banco Universal, el mismo informa que la cuenta señalada pertenece a la entidad, asimismo informa sobre la liquidez que posee. Acto seguido el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara Embargada Preventivamente la cantidad de Dos Millones Ciento Cuarenta y Cinco Mil Ciento Treinta y Un Bolívares con Noventa y Nueve Céntimos (Bs. 2.145.131,99), en la cuenta o fondo N° 5700322109, cuyo titular es el ciudadano Manuel Galvao La Mastra y se le solicita al notificado bloquee el monto embargado preventivamente. Igualmente el Tribunal designa agente de retención a la Entidad Bancaria Fondo Común en la persona del ciudadano Arturo Díaz, quien expone: “Acepto la designación que se me hace en este acto y juro cumplir con los deberes inherentes al mismo”. Seguidamente la abogada actora expone: “Me reservo el derecho de seguir embargando bienes propiedad de la parte demandada, asimismo solicito no se remita la presente comisión hasta tanto sea solicitado por diligencia”. El Tribunal considera cumplida su misión, da por concluido el acto y se restituye a su sede. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez Temporal,
(Firma Ilegible)
Abog. Lucia D’Angelo.
Abogada Actora
(Firma Ilegible)
El Notificado y Agente de Retención.
(Firma Ilegible)


La Secretaria,
(Firma Ilegible)
Abg. Yasmila Faria.