Quien suscribe Abogado YULIMAR FONSECA GONZALEZ, Secretaria Titular del JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA, SAN DIEGO Y CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, hace constar que el acta que a continuación se transcribe, es copia fiel y exacta de su original que corre inserto en la Comisión Nro. 2.481, de la nomenclatura archivar de este Tribunal. En el día de hoy 23 de marzo de 2006, siendo las 10:00 de la mañana, se traslado y constituyo el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, San Diego, Naguanagua y Carlos Arvelo del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Provisorio Doctora Mauricia González y la Secretaria Titular Abogada Yulimar Fonseca, en compañía de la parte actora Abogada YUDITH TELLECHEA BERMUDEZ, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 68.242, en el inmueble constituido por una parcela de terreno signada con el Nro A-2 y la construcción en ella levantada, ubicada en la Urbanización Tarapio, municipio Naguanagua del Estado Carabobo, actualmente Urbanización Caprenco, calle 186, Parcela A-2, Naguanagua, Estado Carabobo. Seguidamente el Tribunal procede a notificar a la ciudadana CARMEN LOURDES PALACIOS SANCHEZ, venezolana y titular de la cédula de identidad Nro 4.863.856 , la cual quedo impuesta de la misión a cumplir decretada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, 17.347. Seguidamente la parte actora Abogada YUDITH TELLECHEA BERMUDEZ, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 68.242 expone: Solicito al tribunal designe Depositaria Judicial a los fines de ley. Seguidamente el Tribunal designa Depositaria Judicial a la Firma Mercantil Depositaria Judicial Venezuela, C. A., en la persona de su representante legal ciudadano ELIGIO MEJIAS, cédula de identidad Nro. 4.932.317 , quien estando presente acepto el cargo y presto el juramento de ley. Acto seguido la parte actora abogada Abogada YUDITH TELLECHEA BERMUDEZ, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 68.242 expone: solicito al Tribunal se me haga ENTREGA MATERIAL del inmueble constituido por una parcela de terreno signada con el Nro A-2 y la construcción en ella levantada, ubicada en la Urbanización Tarapio, municipio Naguanagua del Estado Carabobo, actualmente Urbanización Caprenco, calle 186, Parcela A-2, Naguanagua, Estado Carabobo, comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: en 17,30 M2, con terrenos de la Urbanización; SUR: en 17,30 M2 con la Avenida Sur Comunicaciones; ESTE: en 36,10 M2 con la Parcela A-1; y OESTE: en 36,10 M2, con terrenos de la Urbanización. Por cuanto el inmueble le pertenece a mis representados ciudadanos José Leonardo Ordóñez Ramírez y Maria Cristina Ordóñez Ramírez, según consta de documento de propiedad debidamente autenticado por ante la Notaria Pública Segunda de Valencia de fecha 12 de febrero de 1.993, asentado bajo el Nro 99, Tomo 37 de los libros de autenticaciones llevados por esa Notaria. Seguidamente este Tribunal Tercero Ejecutor de medidas actuando por comisión en nombre de la República Bolivariana de Venezuela hace ENTREGA MATERIAL del inmueble constituido por una parcela de terreno signada con el Nro A-2 y la construcción en ella levantada, ubicada en la Urbanización Tarapio, municipio Naguanagua del Estado Carabobo, actualmente Urbanización Caprenco, calle 186, Parcela A-2, Naguanagua, Estado Carabobo, comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: en 17,30 M2, con terrenos de la Urbanización; SUR: en 17,30 M2 con la Avenida Sur Comunicaciones; ESTE: en 36,10 M2 con la Parcela A-1; y OESTE: en 36,10 M2, con terrenos de la Urbanización. Por cuanto el inmueble le pertenece a mis representados ciudadanos José Leonardo Ordóñez Ramírez y Maria Cristina Ordóñez Ramírez, según consta de documento de propiedad debidamente autenticado por ante la Notaria Pública Segunda de Valencia de fecha 12 de febrero de 1.993, asentado bajo el Nro 99, Tomo 37 de los libros de autenticaciones llevados por esa Notaria, a la parte actora ciudadanos José Leonardo Ordóñez Ramírez y Maria Cristina Ordóñez Ramírez, tal como fue acordado por el tribunal de la causa. Seguidamente la notificada ciudadana CARMEN LOURDES PALACIOS SANCHEZ, venezolana y titular de la cédula de identidad Nro 4.863.856, manifestó al Tribunal que en este acto procederá a trasladar todos sus bienes muebles y enseres personales a su entera cuenta y riesgo. Seguidamente el Tribunal declara cumplida su misión, deja expresa constancia que durante el lapso que duro la practica de la medida no se causaron daños a persona alguna ni a bienes materiales, garantizando en todo momentos los derechos y garantías constitucionales de las personas, acordando se remitan las actuaciones a su Tribunal de causa y que el mismo regrese a su sede, siendo las 12:00 del melodía, es todo, termino, se leyó y conformes firman. LA JUEZ PROVISORIO DRA. MAURICIA GONZALEZ (Fdo; LA NOTIFICADO (Fdo); PARTE ACTORA (Fdo); DEPOSITARIA (Fdo) y LA SECRETARIA ABOG. YULIMAR FONSECA…………….
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