REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL
Valencia, 10 de Marzo de 2006
Año 195º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL: GP01-P-2006-004786

JUEZ: ABOG. ADHEMAR AGUIRRE MARTÍNEZ
MOTIVO: ORDEN DE APREHENSION
SOLICITANTE: FISCALÍA CUARTA DEL MINISTERIO PÚBLICO

Quien suscribe, Juez Segundo en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, Visto y recibido el escrito presentado por el ciudadano Alejandro Nicolás, en su condición de Fiscal Cuarto del Ministerio Público, a los fines de que se le expida una ORDEN DE APREHENSIÓN, en contra del ciudadano: JESÚS ALBERTO RÍVAS CRUZ, quien es titular de la cédula de identidad N° 21.099.844, residenciado en el Barrio Punta Palmita, calle principal, casa N° 144 )Club Valle Encantado) Mariara, estado Carabobo.
Ahora bien, alega el ciudadano Fiscal, que al mencionado ciudadano se le sigue investigación penal por ante ese despacho Fiscal, respecto de unos hechos por los cuales se le señala como posible autor del delito de homicidio, EN CONTRA DEL CIUDADANO (VICTIMA) DARBI JOSÉ RANGEL INCIARTE, en hecho ocurrido en fecha 29 de enero de 2006, delito que no se encuentra evidentemente prescrito, y que por su naturaleza, es merecedor de una pena privativa de libertad, y que existe una presunción razonable de peligro de fuga a la que hace referencia el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.
Ahora bien, observa este Tribunal, que de la narración hecha en la solicitud Fiscal, se desprenden fundados elementos, que hacen ver, que el mencionado ciudadano, pudiere ser autor o partícipe en los hechos que se le atribuyen.
Es por lo que este Tribunal Segundo en funciones de Control del Circuito judicial Penal del estado Carabobo, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con los artículos 4 y 6, del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 250 eiusdem, Acuerda la ORDEN DE APREHENSIÓN, solicitada por el Fiscal Cuarto del Ministerio Público de este Circuito Judicial Penal, en contra del ciudadano JESÚS ALBERTO RÍVAS CRUZ , antes identificado, a quien le deberán ser resguardados todos los derechos que le asisten.
Líbrese boleta de aprehensión. Remítase a la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público.

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JUEZ SEGUNDO EN FUNCINES DE CONTROL
ABOG. ADHEMAR AGUIRRE MARTÍNEZ

La Secretaria,
Abg. Maria T. Camarasa
GP01-P-2006-004786