ACTA


N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2006-000129
PARTE ACTORA: RICHARD CASAÑAS AMARO
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: NELLY GHANNEG
PARTE DEMANDADA: MOVIL SALUD, C.A.
REPRESENTANTE DE LA PARTE DEMANDADA: ALEXIS ZAMBRANO
CALIFICACION DE DESPIDO.

En el día de hoy, 31 de Marzo del 2005, siendo la 08:30 a.m. día y hora fijado para que continúe a la Audiencia Preliminar en la presente causa, comparecieron a la misma, el trabajador reclamante asistido por la Abogado en ejercicio: NELLY GHANNEG. Inscrita en el Inpreabogado bajo el número 56.045. También compareció por la empresa demandada, MOVIL SALUD, C.A Representada por el abogado en ejercicio, ALEXIS ZAMBRANO, Inscrito en el Inpreabogado bajo el número 42.409. Dándose así inicio a la audiencia, En este estado las partes manifiestan que han acordado se haga la reincorporación o reenganche del trabajador a sus labores en la empresa en el mismo cargo, horario, y salario, es decir en las mismas condiciones, asimismo, se cancelan los salarios caídos causados desde la notificación del la empresa hasta el momento de insistencia en el despido. Los mismos alcanzan la cantidad de NOVECIENTOS MIL BOLIVARES (900.000 Bs.) de bolívares, que se realiza en cheque Nro 03152915, del Banco Occidental del Descuento a nombre del trabajador.
DE LA HOMOLOGACION
Este Tribunal, una vez oídas las exposiciones de las partes, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada.
De esta Acta se hacen cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto. Déjese copia. Terminó, se leyó y conformes firman.


LA JUEZ

Abg. NORIS B GODOY VILLEGAS


ABG. APODERADO DE LA PARTE ACTORA



APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA


LA SECRETARIA

ABOG. MAYELA DIAZ.