REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-S-2006-000084
PARTE ACTORA: LUIS ALFREDO MATOS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:
PARTE DEMANDADA: PROYECTA C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ROCÍO GANDICA y ANA SOFIA GUTIERREZ
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO
Hoy, 09 de marzo de 2006, siendo las 09:00 a.m., se deja constancia que una vez anunciada la audiencia no compareció la parte actora ciudadano LUIS ALFREDO MATOS, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 8.830.052, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. Asimismo, se deja constancia que comparecieron las abogados ROCÍO DEL VALLE GANDICA y ANA SOFIA GUTIERREZ, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 66.983 y 110.936, respectivamente, en su carácter de apoderadas judiciales de la demandada PROYECTA C.A. En razón que el accionante ciudadano LUIS ALFREDO MATOS, antes identificado, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, es por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 195 y 147.
La Juez
Abg. Beatríz Rivas Artiles
Por la demandada,
La Secretaria,
Abg. Astrid González Salazar
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