REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION
DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO
JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

En horas de despacho del día de hoy, veintiuno (21) de Marzo de dos mil seis, oportunidad fijada previamente para que se lleve a efecto el ACTO CONCILIATORIO, de conformidad con lo establecido en el Artículo 190 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal y se declaró abierto dicho acto, al cual comparece el Abogado CELENE ALFONZO, en su condición de apoderado de la parte actora, Inpreabogado Nro. 17.627, dejándose constancia que la parte demandada no compareció al presente acto, ni por sí, ni por medio de apoderados judiciales.-Terminó, se leyó y conformes firman.-

EL JUEZ,

SERVIO O. FERNÁNDEZ ROJAS.-


EL APODERADO DE LA PARTE ACTORA,


LA SECRETARIA,

ANTONIETA RAMOS REYNA.-

SOFR.
Exp Nro. 18.235.-