REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
ACTA
AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY,
JUEVES VEINTITRÉS (23) DE MARZO DEL AÑO 2006
AÑOS 195º Y 147º
Se abrió la sesión presidida por la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, con la asistencia de la Secretaria del Tribunal Abogada ANMARIELLY HENRÍQUEZ RODRÍGUEZ y el Alguacil Sr. ANGEL BONNET.
Constituido el Tribunal en el Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en el artículo 163 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de apelación interpuesto por el abogado ALI CASTILLO ECHENIQUE, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte Demandada, contra la decisión dictada en fecha 31 de Enero del año 2006, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en el juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales sigue el ciudadano ELIO OSWALDO TORRES PANDARES contra las Sociedades Mercantiles LINEA FRATERNIDAD, C.A. y TRANSPORTE UNIÓN ARVELO, S.R.L.
Se dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia de los abogados RAFAEL CAMPOS y ALI A. CASTILLO E., inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 56.203 y 67.884, respectivamente, en su carácter de Apoderados Judiciales de la Parte Demandada, Parte Apelante. Igualmente se deja constancia de la presencia de la abogada GLADYS AROCHA B., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 11.038, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte Actora.
Seguidamente la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, interviene acotando los puntos sobre los cuales versa la presente apelación. A continuación se le otorga el derecho de palabra a la parte Demandada recurrente; quien expuso las razones que a su juicio justifican la apelación del fallo recurrido. Igualmente se le concedió el derecho de palabra a la parte Actora. Concluida su exposición, la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, intervino hace varias acotaciones y formuló preguntas.
Seguidamente, siendo las 10:30 a.m., este Tribunal se reserva un lapso de 60 minutos para proceder a dictar el dispositivo del fallo.
Seguidamente, siendo las 11:00 a.m., este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, pasa a decidir en forma oral e inmediata el presente recurso, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, Declara: CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano ELIO OSWALDO TORRES PANDARES, contra las empresas LINEA FRATERNIDAD, C.A. y TRANSPORTE UNIÓN ARVELO, S.R.L.; PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por las partes accionadas, en lo que respecta a la modificación de la cantidad condenada a pagar el A-Quo de los conceptos de prestación de antiguedad, vacaciones y utilidad fraccionada; Queda en estos términos MODIFICADA la sentencia recurrida en lo que respecta al monto condenado a pagar; No se condena a las accionadas a las COSTAS de esta instancia, en virtud de que hubo una modificación del monto condenado a pagar por el A-quo
Siendo las 11:00 de la mañana se declara que ha concluido el acto. Se ordena agregar al expediente el C.D. de grabación del presente acto. El Tribunal se reserva el lapso legal de cinco (5) días para proceder a publicar el texto íntegro de la decisión, de conformidad con lo señalado en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se retira la ciudadana Juez y se ordena la publicación de la presente Acta. Es todo, término, se leyó y conformes firman,
HILEN DAHER DE LUCENA.
JUEZ
LOS APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA,
LA APODERADA ACTORA,
ANMARIELLY HENRÍQUEZ RODRÍGUEZ
SECRETARIA
Exp. N° GP02-R-2006-000063
Recurso de Apelación
Anmarielly Henríquez.
|