REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

ACTA
AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY,
LUNES SEIS (06) DE MARZO DEL AÑO 2006
AÑOS 195º Y 146º

Se abrió la sesión presidida por la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, con la asistencia de la Secretaria del Tribunal Abogada ANMARIELLY HENRIQUEZ y el Alguacil Sr. ANGEL BONNET.
Constituido el Tribunal en el Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en el artículo 163 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada abogado PEDRO R. TORRES, y por el Apoderado Judicial de la parte actora abogado FRANCISCO BARRAZA, contra la decisión dictada en fecha 18 de Mayo del año 2005, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en el juicio que por Calificación de Despido incoara la ciudadana ZORAIDA MORALES DE BARRAZA, contra la UNIDAD EDUCATIVA COLEGIO BETANIA Y ASOCIACION FEMENINA DE AUXILIO VIAL.
Se dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia en este acto de la abogada NORMA PARRA HERRERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 27.111, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte Actora, Parte Apelante; quien consigna en este acto jurisprudencia de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, de igualmente se deja constancia del abogado PEDRO RAFAEL TORRES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.958, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte Demandada, Parte Apelante igualmente y consigna jurisprudencias de la Sala de Casación Civil y Social del Tribunal Supremo de Justicia. El Tribunal ordena agregar a los autos las jurisprudencias consignadas por las partes.
Seguidamente la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, interviene acotando los puntos sobre los cuales versa la presente apelación. A continuación se le otorga el derecho de palabra a la parte Actora recurrente; quien expuso las razones que a su juicio justifican la apelación del fallo recurrido. Igualmente se le concedió el derecho de palabra a la parte Demandada igualmente apelante.
Concluida su exposición, la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, intervino hace varias acotaciones y formuló preguntas. El Tribunal, siendo las 10:30 a.m., se reserva un lapso de 60 minutos para proceder a dictar el dispositivo del fallo, de conformidad con el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Siendo las 11:30 a.m., este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, pasa a decidir en forma oral e inmediata el presente recurso, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo: DECLARA: SIN LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por la parte accionada; PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por la parte Actora; Queda en estos términos modificada la sentencia recurrida; No hay condena en costas dada la naturaleza del fallo
Se ordena agregar al expediente C.D. de grabación del presente acto.
Siendo las 11:30 de la mañana se declara que ha concluido el acto y con éste la presente audiencia. De conformidad con el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el Tribunal se reserva el lapso legal para publicar el texto del íntegro de la decisión. Se retira la ciudadana Juez y se ordena la publicación de la presente Acta. Es todo, término, se leyó y conformes firman,

HILEN DAHER DE LUCENA.
JUEZ

LA APODERADA ACTORA
EL APODERADO DE LA DEMANDADA,


ANMARIELLY HENRIQUEZ
SECRETARIA,

Exp. No. GP02-R-2006-000011
Recurso de Apelación
Anmarielly Henríquez