REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
ACTA
AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY,
JUEVES NUEVE (09) DE MARZO DEL AÑO 2006
AÑOS 195º Y 146º
Se abrió la sesión presidida por la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, con la asistencia de la Secretaria del Tribunal Abogada ANMARIELLY HENRIQUEZ RODRÍGUEZ y el Alguacil Sr. ANGEL BONNET.
Constituido el Tribunal en el Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en el artículo 163 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora abogado GUSTAVO ENRIQUE PINEDA, contra la decisión de fecha 11 de Febrero del año 2005, y por la Apoderada Judicial de la parte Demandada abogada CARMEN ALICIA ANDRADE, contra la decisión de fecha 02 de Agosto del año 2005, ambas dictadas por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en el juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales sigue el ciudadano ANTONIO JOAQUIN HERRERA RODRÍGUEZ, contra la sociedad de comercio TRANSPORTE CHANO, C.A.
Se dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia en este acto del abogado GUSTAVO ENRIQUE PINEDA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 15.970, Apoderado Judicial de la parte Actora, Parte Apelante; y de la abogada CARMEN A. ANDRADE RODRÍGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 30.292, Apoderada Judicial de la parte Demandada, Parte Apelante igualmente.
Seguidamente la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, interviene acotando los puntos sobre los cuales versa la presente apelación. A continuación se le otorga el derecho de palabra a la parte Demandante recurrente; quien expuso las razones que a su juicio justifican la apelación del fallo recurrido. Igualmente se le concedió el derecho de palabra a la parte Demandada, igualmente recurrente.
Concluida las exposiciones, la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, intervino hace varias acotaciones y formuló preguntas. El Tribunal, siendo las 10:30 a.m., se reserva un lapso de 60 minutos para proceder a dictar el dispositivo del fallo, de conformidad con el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Siendo las 11:30 a.m., este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, pasa a decidir en forma oral e inmediata el presente recurso, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo Ordena: REMITIR las presentes actuaciones al Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a los fines de que las partes ejerzan los recursos que a bien tengan contra la sentencia de fecha 11 de Febrero de 2005; Se declara INEXISTENTE la sentencia dictada en fecha 23 de Febrero de 2005; No hay condenatoria en COSTAS dada la naturaleza del fallo.
Se ordena agregar al expediente C.D. de grabación del presente acto. Siendo las 11:30 de la mañana se declara que ha concluido el acto y con éste la presente audiencia. De conformidad con el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el Tribunal se reserva el lapso legal para publicar el texto del íntegro de la decisión. Se retira la ciudadana Juez y se ordena la publicación de la presente Acta. Es todo, término, se leyó y conforme firman,
HILEN DAHER DE LUCENA.
JUEZ
EL APODERADO ACTOR,
LA APODERADA DE LA DEMANDADA,
ANMARIELLY HENRIQUEZ RODRÍGUEZ
SECRETARIA,
Exp. No. GP02-R-2006-000009
Recurso de Apelación
Anmarielly Henríquez
|