En horas de Despacho del día de hoy, Lunes Veintisiete (27) de Marzo del Dos Mil Seis (2006), siendo el día y hora fijada por el Tribunal de Protección del Niño y del adolescente, para que tuviese lugar el Acto Conciliatorio en el procedimiento de OFERTA DE OBLIGACION ALIMENTARIA, a favor de la niña LAURA NATACHA GONZÁLEZ JARAMILLO, signada con el N° C-31.740. Comparecen los ciudadanos HECTOR MARTIN GONZALEZ MEZA Y VANESSA JARAMILLO GOMEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-16.221.632 Y v-15.655.527. Se deja constancia que se encuentra presente la Juez Unipersonal N° 3 de este Tribunal de Protección, Dra. MAGALY PEREZ VELASQUEZ, la Secretaria, Abogada ADELA CARRASCO BARRETO. Seguidamente la Juez instó a las partes a la conciliación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 516 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y procedió a cederle el derecho de palabra al ciudadano HECTOR MARTIN GONZALEZ MEZA quien expone: Yo ofrezco la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (BS. 250.000,oo) Mensuales, cantidad esta que será depositada en una Cuenta de Ahorros a nombre de la niña, en el Banco Mercantil, y será depositada de la siguiente manera CIEN MIL BOLIVARES (BS. 100.000,oo) los Quince (15) de cada mes y CIENTO CINCUENTA MIL (BS. 150.000,oo) los últimos de de cada mes, distribuidos de la siguiente manera: Cien mil en cesta Ticket y Cincuenta mil en efectivo; Asimismo cubriré el Cincuenta por Ciento (50%) de los gastos escolares, médicos y medicinas, y me comprometo mantener vigente la póliza de H.C.M a nombre de la niña LAURA NATACHA GONZÁLEZ JARAMILLO, es todo. Seguidamente la Juez cede la palabra a la ciudadana VANESA JARAMILLO GOMEZ quien expone: Acepto todo lo propuesto por el padre de mi hija. Es todo”. Oída la exposición anterior es esta Juez Unipersonal N° 3 de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su respectiva HOMOLOGACION. Es todo. Se leyó, se terminó y conformes firman.-
LA JUEZ TITULAR DE PROTECCIÓN
DRA. MAGALY PEREZ VELASQUEZ
LA SECRETARIA
ABOG. ADELA CARRASCO BARRETO
LA COMPARECIENTE EL COMPARECIENTE
Exp. Nº C-31.740.-
MPV/nairo.-
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