TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Sala de Juicio Nº 1, Juez Unipersonal Nº 3

Valencia, 08 de marzo de 2006
Años: 195º y 147º

Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente, y por cuanto en fecha 09 de diciembre de 2005 se obvio la homologación del Régimen de Visitas a favor de los niños DIXON JOSE y SAMIR JOSE COLMENAREZ SEQUERA, acordado en el acta convenio levantada en fecha 29-11-2005 por ante la Defensoría del Niño y del Adolescente de la Ciudad Hospitalaria “Dr. Enrique Tejera”, suscrita por los ciudadanos MARTIN JOSE COLMENAREZ y MARIA VICTORIA SEQUERA, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-7.136.721 y V-14.353.938, respectivamente, y revisado el contenido de dicha acta y por cuanto no es contraria a ninguna disposición de la ley, al orden público, ni a las buenas costumbres, esta Juez Unipersonal Nº 3 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, le imparte su respectiva HOMOLOGACION. En consecuencia, queda fijado el régimen de visitas a favor de los niños DIXON JOSE y SAMIR JOSE COLMENAREZ SEQUERA de la siguiente forma: Un régimen de visitas abierto.- CUMPLASE.- Expídase por Secretaría copia certificada de la presente decisión y entréguese a la Defensoría del Niño y del Adolescente de la Ciudad Hospitalaria “Dr. Enrique Tejera”.-

JUEZ PROFESIONAL DE PROTECCION,


DRA. MAGALY PEREZ VELASQUEZ.

LA SECRETARIA,


ABOG. ADELA CARRASCO

En la misma fecha se cumplió lo ordenado.-

Exp. Nº C-31.244.-
MPV/ib.-