REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 2 de Marzo de 2006
195º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2003-000241
ASUNTO : LP01-P-2003-000241


Por cuanto el Equipo Técnico adscrito a la Unidad Técnica de Apoyo Penitenciario, emitió Informe Desfavorable para otorgarle al penado Jonathan Spiter Mendoza Méndez, titular de la cédula de identidad N° V-24.197.401, el destacamento de trabajo, por carecer el mismo de Oferta de Trabajo y apoyo familiar, este Tribunal NIEGA por tales razones otorgarle al penado Destacamento de Trabajo, ya que precisamente la esencia de tal fórmula alterna de cumplimiento de pena es que los penados, dentro o fuera de los recintos penitenciarios, tengan una ocupación segura que les ayude en su rehabilitación y subsiguiente incorporación al grupo social. Y así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. No obstante una vez que el penado cuente con oferta de trabajo, el Tribunal podrá revisar de nuevo tal solicitud.
Notifíquense las partes.


LA JUEZ DE EJECUCION N° 2


Abg. AUXILIADORA ARIAS DE C.


La Secretaria

YANETH MEDINA