REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
SALA DE JUICIO No. 01 JUEZA UNIPERSONAL No. 01
Guanare, 04 de mayo de 2006
196º y 147º
Vista la solicitud formulada por el ciudadano REYES NEPTALI UTRERA MORLES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 12.092.728, de este domicilio, obrando en representación de su hija, la niña XXXXXXXXXXXXXXXXXX, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio JOSÉ MANUEL LEÓN, inscrito en el Ipsa bajo el No. 101.478, para que este Tribunal emita autorización judicial para tramitar el cobro de bolívares, por concepto de pensión de sobreviviente y otros beneficios, en razón de la muerte de la ciudadana MARY CRUZ BRICEÑO GARCÍA, ocurrida en fecha 12/12/2005, por ante el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, Ipasme, Caja De Ahorros y cualquier otro organismo y/o institución, y vistos los recaudos producidos con la solicitud y apareciendo evidente que la niña tiene la cualidad que se le señala, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, haciendo uso de la facultad que le confiere el Artículo 177, parágrafo segundo literal “a” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE al ciudadano REYES NEPTALI UTRERA MORLES, identificado anteriormente, para que gestione el pago de las cantidades de dinero que le corresponda a la niña XXXXXXXXXXXXXXXXX, por los expresados conceptos advirtiéndoles a los organismos, instituciones o empresas que las cantidades de dinero deberán ser remitidas a este Tribunal en cheque a nombre de la referida niña. Así mismo se acuerda la apertura de una cuenta de ahorro a nombre de la niña XXXXXXXXXXXXXXXXXX, cuando conste en autos los cheques emitidos. Expídanse por Secretaria tres copias certificadas de la decisión y entréguese a la parte interesada.
La Jueza,
Abog. Haydee Rosa Oberto de Colmenares
La Secretaria,
Abog. Elsy Moraima Jurado Verde
Sol. No. 1545
HRODC/EMJV/miriam q.-
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