REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente
de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre
Sala de Juicio – Sede Cumaná
196º Y 147º


Cumaná, 18 de Mayo del 2006.

Vista la solicitud y recaudos anexos, formulada por la ciudadana MARISELA DEL VALLE BLANCO BLANCO, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.084.716 y domiciliada en Parcelamiento Miranda, residencias Vista La Mar, Edificio Urimare. Apto 7-D, de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, debidamente asistido de la abogada MARISOL HERNANDEZ, en su carácter de Defensor Público en Materia de Protección de Niño y del Adolescente, en el cual solicita de este Despacho Autorización para Expedir Pasaporte a favor de su hijo el adolescente: Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente de diecisiete (17) años de edad, quien tiene previsto viajar al Extranjero, este Tribunal la admite por no ser contraria a la moral, a las buenas costumbres o alguna disposición de Ley. En consecuencia AUTORIZA, a la MARISELA DEL VALLE BLANCO BLANCO, en su condición de madre y representante legal del adolescente: Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, para que efectué los trámites respectivos para que se expida pasaporte y el retiro del mismo a favor de su hijo ante mencionado.- Líbrese Autorización.-.-
La Juez Nº 2



Dra. Maria Eugenia Graziani

La secretaria
Abg. HAYARIT RODRIGUEZ

En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado.

La secretaria
Abg. HAYARIT RODRIGUEZ

Autorización Pasaporte
Exp. TP2-730-6
MEG/milagros
Solic. Marisela Blanco