REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE PRIMERA

Caracas, ___ de ________________ de 2005
196º y 147º

En fecha 21 de octubre de 2004, se dio por recibido en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes de lo Contencioso Administrativo, escrito contentivo del recurso de hecho, por la abogada Alis Chaparro de Domínguez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 32.936, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano RODOLFO ANTONIO CONTRERAS BUENAÑO, titular de la cédula de identidad N° 5.661.778, contra el auto de fecha 30 de septiembre de 2004, dictado por el JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN LOS ANDES, mediante el cual negó la apelación ejercida por el referido ciudadano en fecha 23 de septiembre de 2003, contra la sentencia dictada por el mencionado Juzgado en fecha 2 de septiembre de 2004, que declaró inadmisible el recurso contencioso funcionarial interpuesto contra la DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN DEL EJECUTIVO DEL ESTADO TÁCHIRA.
En fecha 26 de octubre de 2004, se dio cuenta a esta Corte y, por auto de la misma fecha se designó ponente a los fines de que dictara la decisión correspondiente.

En fecha 3 de mayo de 2005, esta Corte dictó sentencia mediante la cual declaró su competencia para conocer del presente recurso de hecho, así como la tempestividad del mismo y otorgó a la parte recurrente un plazo de cinco (5) días de despacho más seis (6) del término de la distancia, para que consignara los documentos indispensables.

En fecha 19 de octubre de 2005, se constituyó la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo quedando conformada de la siguiente manera: JAVIER TOMÁS SÁNCHEZ RODRÍGUEZ, Juez Presidente, AYMARA GUILLERMINA VILCHEZ SEVILLA, Juez Vicepresidente y NEGUYEN TORRES LÓPEZ, Juez.

Por auto de fecha 29 de septiembre de 2005, la Corte se abocó al conocimiento de la causa y se reasignó la ponencia a la Juez AYMARA GUILLERMINA VILCHEZ SEVILLA, quien con tal carácter suscribe el presente fallo.

En fecha 1° de junio de 2005, la abogada Alis Chaparro de Domínguez, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano Rodolfo Antonio Contreras Buenazo, consignó diligencia mediante la cual expuso: “…Siendo la oportunidad legal para presentar copia certificada del auto de Secretaría sobre el cómputo y los días de despacho transcurridos en el Juzgado Superior de la Región Los Andes del 08 al 11 de octubre de 2004, cumplo en informar que dicho Tribunal remitió al Registro Principal del Estado Barinas el expediente N° 4951, el día 12 de mayo de 2005, por lo tanto no se pudo realizar dicho cómputo ni sacar copia certificada del mismo…”.
I
Ahora bien, correspondería a esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, decidir sobre el recurso de hecho interpuesto contra el auto de fecha 30 de septiembre de 2004, dictado por el Juzgado Superior en Lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Los Andes, sin embargo, este Órgano Jurisdiccional observa que no consta en autos ni las copias certificadas del expediente N° 4951, ni el cómputo de los días de despacho transcurridos desde el 2 de septiembre de 2004, hasta el 23 del mismo mes y año; documentos indispensables éstos que fueron solicitados al recurrente mediante sentencia de fecha 3 de mayo de 2005, pero que por razones ajenas a aquél no fueron traídos a los autos tal y como lo alega en su diligencia del día 1° de junio de 2005.

En virtud de lo anterior y visto que tales requerimientos son indispensables para decidir el presente recurso de hecho este Órgano Jurisdiccional ORDENA al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Los Andes, que dentro del lapso de cinco (5) días de despacho más seis (6) días del término de la distancia, contados a partir de su notificación, remita a esta Corte copia certificada de las actas del expediente N° 4951, así como la certificación del cómputo de los días de despacho transcurridos desde el 2 de septiembre de 2004, hasta el 23 del mismo mes y año. Así se declara.

Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.


El Presidente,

JAVIER TOMÁS SÁNCHEZ RODRÍGUEZ

-La Vicepresidente-Ponente,

AYMARA GUILLERMINA VILCHEZ SEVILLA

La Juez,

NEGUYEN TORRES LÓPEZ

La Secretaria Accidental,

MARISOL SANZ BARRIOS

Exp. N° AP42-R-2004-000722
AGVS