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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 SALA SÉPTIMA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL
 CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
 
 Caracas, 31 de Mayo de 2006.
 196° y 147°
 
 PONENTE: DRA. NEREYDA C. GONZÁLEZ CASTILLO
 Exp: 2939-03.-
 
 Corresponde a esta Sala Séptima de la Corte de Apelaciones del Área Metropolitana de Caracas, conforme a lo establecido en el articulo 455 del Código Orgánico Procesal Penal, decidir sobre la admisibilidad o no del recurso de apelación interpuesto por los Drs. MILDRED CARPIO, en su carácter de Defensora Pública Cuarta del Sistema Autónomo de la Defensa Pública de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y el Dr. RAMÓN IGNACIO LÓPEZ MARCANO, en su carácter de Defensor Público Segundo adscrito a la Unidad de Defensa Pública de esta Circunscripción Judicial, en contra de la Sentencia publicada por el Juzgado Trigésimo Sexto de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en fecha 17-03-2.006. 	A tales fines observa esta Sala lo siguiente:
 
 De autos se desprende que el recurrente posee la legitimidad requerida para impugnar la decisión dictada por el Juzgado A-quo, así mismo, que fue interpuesta dentro del lapso legal correspondiente; y por último, que no es de aquellas decisiones irrecurribles o inimpugnables expresamente señaladas por la Ley para la interposición del recurso, por lo que cumple con todos los requisitos para ser admitida, como en efecto se admite en este acto, a tenor de lo pautado en el articulo 437 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que se considera ADMISIBLE de conformidad con lo establecido en los artículos 432, 435, 436, 451, 453, y 455 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se acuerda fijar la Audiencia Oral, pautada en el artículo 456 Ejusdem, para el día martes, 13 de Junio del 2006, a las 11:00 a.m.-
 
 D I S P O S I T I V A
 
 Por todos los razonamientos antes expuestos esta Sala Séptima de la Corte  de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, DECLARA ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por los Drs. MILDRED CARPIO, en su carácter de Defensora Pública Cuarta del Sistema Autónomo de la Defensa Pública de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y el ciudadano RAMÓN IGNACIO LÓPEZ MARCANO, en su carácter de Defensor Público Segundo adscrito a la Unidad de Defensa Pública de esta Circunscripción Judicial, en contra de la Sentencia publicada por el Juzgado Trigésimo Sexto de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en fecha 17-03-2.006., de conformidad con lo establecido en los artículos 432, 433, 435, 436, 451, 453 y 455 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se acuerda fijar la Audiencia Oral, pautada en el articulo 456 Ejusdem, para el día martes, 13 de Junio del 2006, a las 11:00 a.m.
 Publíquese, regístrese y bájese el expediente en su oportunidad legal.-
 
 
 MAIKEL JOSÉ MORENO
 El Juez Presidente
 
 
 
 NEREYDA C. GONZÁLEZ CASTILLO  		                JESÚS ORANGEL GARCÍA
 Juez Ponente                                                    	                           Juez Integrante
 
 
 
 ANGELA ATIENZA
 Secretaria de la Sala
 
 
 
 
 EXP. 2939-06-joi.-
 
 
 
 
 
 
 
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