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 REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 JUZGADO CUADRAGESIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA
 EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
 DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
 
 Caracas, 09 de MAYO del 2006
 195º y 146º
 
 CAUSA: 514-2001
 
 
 IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
 
 
 IMPUTADO(S): ARGENIS JOSE GOMEZ
 
 
 VICTIMA(S): POR IDENTIFICAR
 
 
 REPRESENTACIÓN FISCAL: Dra.YENNY RAMIREZ TERAN, Fiscal Auxiliar Quincuagésima Segunda del Área Metropolitana de Caracas, ENCARGADA de la Fiscalia Vigésima Tercera del Ministerio Publico Área Metropolitana de Caracas.
 
 
 DESCRIPCIÓN DEL HECHO OBJETO DE LA INVESTIGACION
 
 
 La presente averiguación sumaria, se inicio en fecha 28-03-2001, mediante la cual se encontraban funcionarios adscritos a la Policía Metropolitana , en horas de la tarde, en las adyacencias de la calle los Higuerotes con Capitán Navío de el Cementerio, cuando fue alertad por un vehículo de color blanco, tipo taxi, con el numero de placas gravadas en sus vidrios , pero sin portar las mismas, por lo cual, requirieron del conductor  se detuviese,  solicitándole la documentación respectiva, la cual no la portaba, en consecuencia procedieron a radiar las placas  impsas en el vidrio,  a la central de trasmisiones, arrojando como resultado que el automotor, se encontraba  requerido por el delito de robo, según expediente Nº F-872.777 de la Comisaría de Santa Mónica del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, por lo que fuera aprehendido el ciudadano identificado como ARGENIS JOSE MARTÍNEZ GÓMEZ, y puesto a la orden del Fiscal del Ministerio Publico  de guardia  en Flagrancia, ordenándose el inicio de la investigación.
 
 En fecha 29-03-2001, el detenido fue presentado  ante el Órgano Jurisdiccional, el cual fue distribuido el Juzgado Cuadragésimo Cuarto de Control, a los fines de celebrarse la Audiencia Oral  para Oír al Imputado, donde se acordó la  prosecución de la investigación por la vía ordinaria 373 ultimo aparte  del Código Orgánico Procesal Penal, y se le otorgo una Medida Cautelar  Sustitutiva De Libertad, Del Código Orgánico Procesal Penal Derogado.
 
 EL 26 08-2002 La  Representante Fiscal del Ministerio Publico, decreto el archivo de las actuaciones de conformidad con lo previsto en el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal.
 
 
 RAZONAMIENTOS DE HECHO Y DE DERECHO
 
 
 Del minucioso y exhaustivo estudio de las actuaciones que conforman el presente expediente, Observa este Tribunal, que si bien es cierto de que estamos en presencia de un hecho Punible como lo es el delito de APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTE DE HURTO O ROBO, previsto y sancionado en el Artículo 09, de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor; no es menos cierto de que el mismo prevé una pena de TRES (03) AÑOS a CINCO (05) de PRISIÓN, si aplicamos  el termino medio de acuerdo a lo establecido en el articulo 37 del Código penal, la pena quedaría en CUATRO (04) AÑOS y como quiere que el articulo 109 ejusdem, establece que para los hechos punibles consumados la prescripción comenzara a computarse desde el días de la perpetración, es decir desde el día 28-03-01, fecha en la cual ocurrieron los hechos y es evidente que han transcurrido CINCO (05) AÑOS Y TRES  (03) DÍAS, mas del lapso legal  correspondiente para que opere la prescripción del presente delito, tal como lo establece el Ordinal 4º del Artículo 108 del Código Penal, en concordancia con el Ordinal 8º del Artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal. Ante tales señalamientos es por lo que considera esta Juzgadora que lo mas procedente y ajustado a derecho, es acordar lo solicitado por el Ministerio Público, y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo dispuesto en el Ordinal 3º del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el Artículo 108, Ordinal 4º del Código Penal y 48, Ordinal 8º del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano ARGENIS JOSE MARTINEZ GOMEZ, en agravio de PERSONAS POR IDENTIFICAR. SE DECLARA.-
 
 
 
 DISPOSITIVA
 
 
 Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO CUADRAGESIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo previsto en el Ordinal 3º del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los Artículos 108, Ordinal 4º del Código Penal y 48, Ordinal 8º del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano ARGENIS JOSE MARTINEZ GOMEZ, en agravio de PERSONA POR IDENTIFICAR. Declarándose con lugar la solicitud formulada por la Fiscal del Ministerio Público. ASI SE DECLARA.-
 
 
 
 Regístrese, Diarìcese, Publíquese, Notifíquese a las partes de la presente decisión.
 LA JUEZ
 
 DRA. MIGDALIA MARIA AÑEZ GONZALEZ.
 
 
 
 LA SECRETARIA
 
 
 ABG. DORIS VILERA.
 
 
 
 En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
 
 
 
 LA SECRETARIA
 
 
 ABG. DORIS VILERA
 
 MMAG/vane
 CAUSA Nº C- 44- 514-2001.
 
 
 REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 JUZGADO CUADRAGESIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA
 EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
 DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
 
 Caracas, 09  de MAYO del 2006.-
 196º y 147º
 
 BOLETA DE NOTIFICACION
 SE HACE SABER:
 
 A la ciudadana Dra.YENNY RAMIREZ TERAN, Fiscal Auxiliar Quincuagésima Segunda del Área Metropolitana de Caracas, ENCARGADA de la Fiscalia Vigésima Tercera del Ministerio Publico Área Metropolitana de Caracas., que este Juzgado por decisión dictada en esta misma fecha DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo previsto en el Ordinal 3º del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los Artículos 108, Ordinal 4º del Código Penal y 48, Ordinal 8º del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida a favor del ciudadano ARGENIS JOSE MARTINEZ GOMEZ, en agravio de PERSONAS POR IDENTIFICAR - Firmará al pie en señal de haber quedado notificado.-
 
 Notificación que se le hace de conformidad con lo establecido en el Artículo 182 del Código Orgánico Procesal Penal.
 DIOS Y FEDERACION
 LA  JUEZ
 
 DRA. MIGDALIA MARIA AÑEZ GONZÁLEZ.-
 FIRMA_____________FECHA______________HORA__________
 MMAG-vane.-
 Expediente fiscalía: Nº-F-23-0328-01
 CAUSA Nº C – 44 – 514-2001.
 “AÑO 2006 BICENTENARIO DEL JURAMENTO GENERALÍSIMO FRANCISCO    DE MIRANDA DE LA PARTICIPACIÓN Y PROTAGONISMO DEL PODER Popular”
 
 
 REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 JUZGADO CUADRAGESIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA
 EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
 DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
 
 Caracas, 09 de Mayo  del 2006.-
 196º y 147º
 
 BOLETA DE NOTIFICACION
 SE HACE SABER:
 
 Al ciudadano ARGENIS JOSE MARTINEZ GOMEZ, en su carácter de IMPUTADO, que este Juzgado por decisión dictada en esta misma fecha DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo previsto en el Ordinal 3º del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los Artículos 108, Ordinal 4º del Código Penal y 48, Ordinal 8º del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida en contra de PERSONAS POR IDENTIFICAR.– Firmará al pie en señal de haber quedado notificado.-
 Notificación que se le hace de conformidad con lo establecido en el Artículo 182 del Código Orgánico Procesal Penal.
 DIOS Y FEDERACION
 LA  JUEZ
 
 DRA. MIGDALIA MARIA AÑEZ GONZALEZ.-
 
 FIRMA_____________FECHA______________HORA__________
 DIRECCIÓN: AVENIDA PRINCIPAL EL CEMENTERIO, CON CALLE TRANSVERSAL LAS PALMAS, EDIFICIO MI GLORIA, PISO 02, APARTAMENTO 05, EL CEMENTERIO
 MMAG-vane
 CAUSA Nº C – 44 -514-2001
 “AÑO 2006 BICENTENARIO DEL JURAMENTO GENERALÍSIMO FRANCISCO    DE MIRANDA DE LA PARTICIPACIÓN Y PROTAGONISMO DEL PODER POPULAR
 
 
 
 
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