REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veinticuatro (24) de mayo de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: AP21-L-2005-001859
En virtud de que el día 17-05-06, fecha en la cual estaba pautada la celebración de la prolongación de la audiencia preliminar, no hubo despacho en este Circuito por razones de haberse averiado una tubería de aguas blancas y causando esa razón, imposibilidad de laborar en las instalaciones de este circuito, es por lo que este Juzgado suspendió la audiencia. En este mismo orden de ideas y en observancia del Escrito Transaccional, presentado en fecha 18 de Mayo de 2006, por la apoderada judicial de la parte actora, abogada en ejercicio ZULAY MATOS, inscrita en el IPSA bajo el N° 77.659 y el apoderado judicial de la parte demandada, abogado en ejercicio MARCO PEÑALOZA, inscrito en el IPSA bajo el N° 46.968, plenamente identificados en autos, con ocasión a la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoare los ciudadanos JOSE MACARIO SALAS CONTRERAS, JUAN DE JESÚS ARCHIVA JAIMES, JOSE GREGORIO GOMEZ MORA Y JOEL HUMBERTO RANGEL FIGUERA contra WACKENHUT VENEZOLANA, C.A,.este Juzgado previa, revisión de las facultades conferidas en los Instrumentos Poderes otorgados por las partes a las referida profesionales del derecho y por cuanto en la mediación celebrada , no se vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador , de conformidad con lo establecido en del artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, le imparte su HOMOLOGACIÓN, DÁNDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, en consecuencia una vez que conste el ultimo de los pagos correspondiente en los términos expuestos en la presente mediación, se dará por terminado el presente procedimiento y se ordenara el cierre y archivo del expediente. Cúmplase con lo ordenado.
El Juez
La Secretaria
Abog. Franklin Porras Mendoza
Abog. Claudia Yánez Correa
“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”