REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciséis de mayo de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO : KP02-S-2006-001052

La ciudadana ELSY JOSEFINA GUTIERREZ GOZAINE, venezolana, con C.I. Nº 3.883.404, de este domicilio, manifestó estar separada de su esposo SIMON ENRIQUE MINGUELIS BENET, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.217.887, de este domicilio, hace más de cinco (5) años, por lo que solicita el Divorcio. Acompañó Acta de Matrimonio. Admitida la solicitud el 21-03-2006, se notificó a la Fiscal Decimoquinto del Ministerio Público, se acordó la citación, la cual fue lograda en forma personal. En fecha 28-03-2006 se realizó el Acto de Contestación. Este Tribunal para decidir observa:
Este Tribunal para decidir observa:
U N I C O: Cumplidos los requisitos del Artículo 185-A del Código Civil, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara DISUELTO el vínculo que contrajeran los ciudadanos ELSY JOSEFINA GUTIERREZ GOZAINE, antes identificados, por ante el Juzgado del Municipio Urdaneta del Estado Lara, en fecha 15 de Febrero de 1980 De dicha unión matrimonial no procrearon hijos. Ofíciese al Juzgado y al Registrador Principal correspondiente. La presente sentencia queda firme en su misma fecha.
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los dieciséis días del mes de Mayo de dos mil seis.
LA JUEZ, EL SECRETARIO ACC,

ABG. TANIA MARIA PARGAS CANELON ABG. EDWUARD RAMOS
Publicada en su fecha a las 1:15 p.m.
TMPC/ER/sosa.