REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Tres de Mayo de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : KP02-S-2006-006404
Vista la solicitud presentada por la ciudadana ROSA MARIA SAAVEDRA NAVAS, venezolana, mayor de edad titular de la cédula N° 13.504.657, este domicilio, asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en el Barrio 5 de Julio carrera 2 entre calles 2 y 3 N° 259 Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren, Estado Lara, sobre un lote de terreno Ejido, que tiene una superficie de CIENTO DIECIOCHO METROS CUADRADOS (118 Mts2); alinderadas de la siguiente manera NORTE: Con la calle principal que es su frente; SUR: Terrenos ocupados por Elsy de González, ESTE: Terrenos ocupados por Marisol Salas de Rodríguez y OESTE: Con terrenos ocupados por Yumari Saavedra. Dichas bienhechurías consiste en una casa con paredes de bloques, techo de zinc, piso de cemento, consta de cinco habitaciones, sala-cocina, un baño, cerca de bloque. El valor invertido es la cantidad de CINCO MILLONES DE BOLÍVARES (5.000.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos YULISES LINAREZ Y JUANA ALVARADO, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN DOMINIO a favor de la ciudadana ROSA MARIA SAAVEDRA NAVAS, ya identificada en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
MARILUZ JOSEFINA PEREZ
LA SECRETARIA
MARIA FERNANDA ALVIAREZ
Milagro
|