REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
ASUNTO: KP02-S-2006-004775
PARTE DEMANDANTE: FELIX DOMINGO GARCIA PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 10.558.066
ABOGADO APODERADO DE LA PARTE DEMANDANTE: JAVIER JOSE RODRIGUEZ, IPSA Nro. 116.324
PARTE DEMANDADA: PILOTES Y PERFORADOS, C.A. “PILPERCA, C.A.”
ABOGADA APODERADA DE LA DEMANDADA: BEDA RONDON SILVA, IPSA Nro. 108.662
MOTIVO: SOLICITUD DE CALIFICACIÓN DE DESPIDO
Hoy, 12 de Mayo de 2006 siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece la parte actora el abogado JAVIER JOSE RODRIGUEZ, IPSA Nro. 116.324 apoderado judicial del ciudadano FELIX DOMINGO GARCIA PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 10.558.066 quien se encuentra presente y por la parte demandada PILOTES Y PERFORADOS, C.A. “PILPERCA, C.A.” la abogada BEDA RONDON SILVA, IPSA Nro. 108.662 apoderado judicial, quien presenta documento poder en original a los efectos de ser agregado a los autos. Dándose así inicio a la Audiencia correspondiente. Luego de varias deliberaciones de los hechos y derecho las partes han llegado a los siguientes acuerdos:
PRIMERO: El demandante manifiesta haber laborado para la demandada desde 18/07/2005 hasta el 10/03/2006, habiendo terminado la relación por retiro justificado, reclamando salarios caídos.
TERCERO: Ambas partes luego de analizar los hechos y el derecho, además de realizar los recálculos correspondiente llegan a la conclusión de que el monto adeudado por los beneficios laborales reclamados, asciende a la cantidad de Bs.5.189.683,00.
CUARTO: La parte demandada ofrece cancelar la suma total de Bs. 5.189.683,00 en este mismo acto mediante tres (03) cheques discriminados de la siguiente manera:
1. contra FONDO COMUN, Banco Universal, Signado bajo el Nro. 96-19085558 de fecha 08-05-2006 por la cantidad de Bs. 3.969.702, 39 a nombre del ciudadano FELIX DOMINGO GARCIA PEREZ.
• Prestación antigüedad acreditada Art. 108 LOT
• Dif. Prestaciones antigüedad Art. 108 LOt
• Indemnización sustitutiva del Preaviso
• Vacaciones
• Utilidades
• Días de salario del 22-03-06 al 24-03-06
2. contra BANESCO, Banco Universal, Signado bajo el Nro. 24035853 de fecha 22-03-2006 por la cantidad de Bs. 159.980, 61 a nombre del ciudadano FELIX DOMINGO GARCIA PEREZ.
• Sueldo
• Pago de día domingo
3. contra BANESCO, Banco Universal, Signado bajo el Nro. 11021641 de fecha 12-05-2006 por la cantidad de Bs. 1.060.000,00 a nombre del ciudadano FELIX DOMINGO GARCIA PEREZ. Salarios Caídos calculados prudencialmente por ambas partes.
QUINTO: La falta de provisión de los cheques, dará derecho a la parte actora a solicitar la ejecución forzosa de la presente acta de mediación y sus respectivas costas procesales.
SEXTO: Este Tribunal, visto que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el presente proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, decide HOMOLOGAR EL PRESENTE ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada. Ordenando que se archive el expediente.
La Juez
La Secretaria
Abg. Yesenia P. Vásquez R.
Abg. Nahir Giménez Peraza
La Parte Demandante La Parte Demandada
|