JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 23 de Mayo del 2006
196º y 147º
DEMANDANTE: CARTONAJES GRANICS C.A.
APODERADA JUDICIAL: LORENA ANGELICA COLINA MENDOZA
DEMANDADO: CARAMBOLA TOYS C.A.
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES.
EXPEDIENTE: 49.792
Vista la diligencia suscrita en fecha 22 de Mayo del 2006, por la abogada LORENA ANGELICA COLINA MENDOZA, Inpreabogado número 113.238, en su carácter de autos y visto el DESISTIMIENTO contenido en dicha diligencia, este Tribunal acuerda homologarlo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y acuerda tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Como se solicita, se acuerda la devolución de las facturas originales consignadas junto con el libelo de demanda, las cuales cursan del folio doce (12) al dieciocho (18), dejando en su lugar copia fotostática certificada de las mismas. Para la obtención de las copias, se comisiona a la ciudadana NANCY REA ROMERO; Asistente este Tribunal, la Secretaria firmará la certificación, así como las copias, todo conforme a los dispuesto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.. Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.
El Juez Provisorio,
RAFAEL RICARDO GIMENEZ.
La Secretaria
Abog. Mayela Ostos
Se hizo lo ordenado.
La Secretaria
Nancy
|